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Estructura orgánica de la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra

22/05/2017
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Orden Foral 389E/2017, de 24 de abril, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 19 de mayo de 2017). Texto completo.

ORDEN FORAL 389E/2017, DE 24 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN DE CUIDADOS SANITARIOS DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA.

Mediante Orden Foral 81/2014, de 19 de agosto Vínculo a legislación, de la Consejera de Salud, se estableció la estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra.

El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, aprobó los vigentes Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El artículo 68 de los citados Estatutos contempla la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra como uno de los órganos de Dirección y Gestión de dicho Complejo, modificando su anterior denominación de Dirección de Enfermería.

Por su parte, el artículo 19.2 de los reiterados Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea determina que los Servicios asistenciales, las Secciones y las Unidades se establecerán por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Salud, a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

En concreto y por lo que se refiere al Complejo Hospitalario de Navarra, los antes citados Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, aprobados por el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, crearon una Subdirección más de Cuidados Sanitarios, pasando así con ello de dos a tres Subdirecciones. Esta modificación ya conlleva por sí misma una diferente distribución de las Áreas de Enfermería de Cuidados.

Por otra parte, desde la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra se propone la modificación de la adscripción actual de las Unidades de Enfermería a cada una de las distintas Áreas de Enfermería de Cuidados, con la pretensión de alcanzar los siguientes objetivos: equiparar en el mayor grado posible la carga de trabajo asumida por las diferentes Áreas; unificar las Áreas por procesos similares y, finalmente, agrupar aquellas Unidades de similares características y contenido bajo la responsabilidad de una sola Jefatura de Unidad de Enfermería.

En consecuencia, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1. Objeto de la Orden Foral.

La presente Orden Foral tiene por objeto establecer la estructura orgánica de la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra.

Artículo 2. Estructura de la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra.

La Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra se estructura en los siguientes niveles de responsabilidad:

a) Subdirección de Cuidados Ambulatorios y Apoyo al Diagnóstico.

b) Subdirección de Cuidados de Procesos Quirúrgicos y Recursos Materiales.

c) Subdirección de Cuidados de Hospitalización y Urgentes.

d) Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados.

e) Jefaturas de Guardia de Enfermería.

f) Jefaturas de Unidad de Enfermería.

Artículo 3. Funciones de las personas titulares de las Subdirecciones de Cuidados.

Corresponden a las personas titulares de las Subdirecciones de Cuidados las siguientes funciones:

a) Dirigir, coordinar, impulsar y evaluar el funcionamiento de las áreas y unidades de enfermería que tienen adscritas.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención y cuidados desarrolladas por los profesionales de su ámbito de actuación.

c) Coordinar las necesidades y disponibilidades de los recursos humanos y materiales.

d) Organizar la actuación de los responsables de enfermería de las diferentes Áreas Clínicas y Unidades Clínicas, asegurando unidad de criterios en los aspectos de gestión de personal, docencia y formación.

e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección de Cuidados Sanitarios del Complejo Hospitalario de Navarra.

Artículo 4. Estructura general de las Subdirecciones de Cuidados.

1. Las Subdirecciones de Cuidados contarán, para la realización de sus funciones, con la siguiente estructura:

a) Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados.

b) Jefaturas de Unidad de Enfermería.

2. La Subdirección de Cuidados de Procesos Quirúrgicos y Recursos Materiales contará, además, entre su estructura con Jefaturas de Guardia de Enfermería.

Artículo 5. Funciones de las Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados.

Corresponden a las personas titulares de las Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados las siguientes funciones:

a) Gestionar las Unidades de Enfermería de su Área y la actividad de los profesionales que la integran.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención sanitaria y cuidados, desarrolladas por el personal de su ámbito de actuación.

c) Coordinar la actuación de las personas titulares de las Jefaturas de Unidad de Enfermería que integran el Área de su responsabilidad asegurando unidad de criterios en los aspectos más relevantes de la atención del paciente.

d) Velar por el cumplimiento de objetivos, políticas y normas marcadas por la persona titular de la Dirección de Cuidados Sanitarios.

e) Colaborar con la Dirección de Cuidados Sanitarios y con la Subdirección correspondiente en la formalización y evaluación anual de los objetivos.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección de Cuidados Sanitarios o por la persona titular de la Subdirección de Cuidados correspondiente.

Artículo 6. Funciones de las Jefaturas de Guardia de Enfermería.

Corresponden a las personas titulares de las Jefaturas de Guardia de Enfermería las siguientes funciones:

a) Asumir la responsabilidad de la atención global de los profesionales adscritos a la Dirección de Cuidados Sanitarios durante el correspondiente turno de guardia.

b) Garantizar la adecuada cobertura de cuidados asignando a los profesionales de la Dirección de Cuidados Sanitarios de acuerdo a la actividad y, valorando si es preciso, su movilización en el correspondiente turno de guardia.

c) Orientar al personal de nueva incorporación en ausencia de las personas titulares de las Jefaturas de Unidad.

d) Coordinar y tomar decisiones en relación a las incidencias de carácter urgente que no admiten demora al poder repercutir negativamente en la calidad de la atención.

e) Gestionar todos aquellos asuntos que repercuten en los cuidados administrados al paciente.

f) Velar por el cumplimiento de objetivos, políticas y normas marcadas por la Dirección de Cuidados Sanitarios.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección de Cuidados Sanitarios o de la Subdirección de Cuidados de Procesos Quirúrgicos y Recursos Materiales.

Artículo 7. Funciones de las personas titulares de las Jefaturas de Unidad de Enfermería.

Corresponden a las personas titulares de las Jefaturas de Unidad de Enfermería las siguientes funciones:

a) Gestionar la Unidad y a los profesionales que la integran.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención sanitaria y cuidados desarrolladas por los profesionales de su ámbito de actuación.

c) Coordinar a los profesionales asignados asegurando unidad de criterios en los aspectos más relevantes del cuidado y de la atención del paciente.

d) Colaborar con la Dirección en la formalización y evaluación anual de los objetivos.

e) Velar por el cumplimiento de objetivos, políticas y normas determinadas por la Dirección de Cuidados Sanitarios.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección de Cuidados Sanitarios o de la Subdirección o de la Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados correspondiente.

Artículo 8. Estructura de la Subdirección de Cuidados Ambulatorios y Apoyo al Diagnóstico.

La Subdirección de Cuidados Ambulatorios y Apoyo al Diagnóstico se estructura en las siguientes Áreas de Enfermería de Cuidados:

a) Área de Enfermería de Cuidados en Consultas.

b) Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo Terapéutico.

c) Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico.

d) Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación.

Artículo 9. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Consultas.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Consultas agrupa las consultas extrahospitalarias del Centro de Especialidades Príncipe de Viana, del Centro Sanitario Doctor San Martín, del Centro Sanitario Conde Oliveto y del Ambulatorio de Tafalla, así como las consultas intrahospitalarias de los centros A y B.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Consultas se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería I.

b) Unidad de Enfermería II.

c) Unidad de Enfermería III.

d) Unidad de Enfermería IV.

e) Unidad de Enfermería V.

f) Unidad de Enfermería de Régimen Ambulatorio.

Artículo 10. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo Terapéutico.

1. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo Terapéutico agrupa las unidades que, principalmente, prestan atención especializada a pacientes y aportan recursos para el tratamiento.

2. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo Terapéutico se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Rehabilitación I.

b) Unidad de Enfermería de Rehabilitación II.

c) Unidad de Enfermería de Rehabilitación Ubarmin.

d) Unidad de Enfermería de Farmacia.

e) Unidad de Enfermería de Diálisis I.

f) Unidad de Enfermería de Diálisis II.

Artículo 11. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico.

1. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico agrupa las unidades que aportan recursos para el diagnóstico, pronóstico y tratamiento.

2. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico I.

b) Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico II.

c) Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico III.

d) Unidad de Enfermería de Procesos Hematológicos.

e) Unidad de Enfermería de Análisis Clínicos.

f) Unidad de Enfermería de Microbiología y Genética.

g) Unidad de Enfermería de Preanalítica y Gestión de Calidad.

h) Unidad de Enfermería de Anatomía Patológica.

Artículo 12. Estructura del Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación.

1. El Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación agrupa las unidades de enfermería encaminadas a gestionar el conocimiento, construir redes productivas profesionales, potenciar el desarrollo profesional, promocionar y evaluar la calidad de las actividades asistenciales docentes e investigadoras y dar soporte de gestión colaborando en el desarrollo de los sistemas de información.

2. El Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Formación Continuada, Docencia e Investigación.

b) Unidad de Enfermería de Calidad y Sistemas de Información en Cuidados.

Artículo 13. Estructura de la Subdirección de Cuidados de Procesos Quirúrgicos y Recursos Materiales.

La Subdirección de Cuidados de Procesos Quirúrgicos y Recursos Materiales se estructura en las siguientes Áreas de Enfermería de Cuidados:

a) Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico.

b) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte y Recursos Materiales.

c) Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor.

d) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos y Urgentes.

Artículo 14. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico agrupa a todos los quirófanos y estructuras necesarias para llevar a cabo los procedimientos y cuidados quirúrgicos previstos en el paciente.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias I.

b) Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales I.

c) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación I.

d) Unidad de Enfermería de Esterilización I.

e) Unidad de Enfermería de Quirófano Maternal.

f) Unidad de Enfermería de Quirófano Infantil y Cirugía y Anestesia sin ingreso.

g) Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias II.

h) Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales II.

i) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación II.

j) Unidad de Enfermería de Esterilización II y Medicina Preventiva e Higiene Hospitalaria.

Artículo 15. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte y Recursos Materiales.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte y Recursos Materiales agrupa las unidades que sirven de apoyo y aportan recursos al resto de servicios, así como el personal técnico de las unidades de dietética y el seguimiento de los recursos materiales.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte y Recursos Materiales se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Celadores I.

b) Unidad de Enfermería de Celadores II.

c) Unidad de Enfermería de Dietética.

d) Unidad de Enfermería de Pool y Coordinación Jefes de Guardia.

Artículo 16. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor.

1. El Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor agrupa las unidades que prestan atención a las necesidades asistenciales y de cuidados del paciente ingresado y ambulatorio, y las estructuras necesarias para llevar a cabo procedimientos quirúrgicos y rehabilitadores, para atención y cuidados de procesos preferentemente quirúrgicos relacionados con el aparato locomotor.

2. El Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta 3-Ubarmin.

b) Unidad de Enfermería de Planta 4-Ubarmin.

c) Unidad de Enfermería de Planta 5-Ubarmin.

d) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación Ubarmin.

e) Unidad de Enfermería de Quirófanos y Esterilización Ubarmin.

f) Unidad de Enfermería de Consultas Externas Ubarmin.

Artículo 17. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos y Urgentes.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos y Urgentes agrupa las unidades de atención a pacientes en situaciones críticas y urgentes.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos y Urgentes se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos I.

b) Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos II.

c) Unidad de Enfermería de Urgencias I.

d) Unidad de Enfermería de Urgencias II.

Artículo 18. Estructura de la Subdirección de Cuidados de Hospitalización y Urgentes.

La Subdirección de Cuidados de Hospitalización y Urgentes se estructura en las siguientes Áreas de Enfermería de Cuidados:

a) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Quirúrgicos.

b) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos I.

c) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos II.

d) Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente.

e) Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón.

Artículo 19. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Quirúrgicos.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Quirúrgicos agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados del paciente ingresado para atención de procesos preferentemente quirúrgicos.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Quirúrgicos se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta H-3.

b) Unidad de Enfermería de Planta N-1.

c) Unidad de Enfermería de Planta N-2.

d) Unidad de Enfermería de Planta N-3.

e) Unidad de Enfermería de Planta 2-G.

f) Unidad de Enfermería de Planta 3-G.

g) Unidad de Enfermería de Planta 4-G.

Artículo 20. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos I.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos I agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados del paciente ingresado para atención de procesos preferentemente médicos agudos o crónicos y la unidad de hospitalización a domicilio.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos I se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta H-2.

b) Unidad de Enfermería de Planta E-1.

c) Unidad de Enfermería de Planta E-2.

d) Unidad de Enfermería de Planta 5-G.

e) Unidad de Enfermería de Planta 6-G.

f) Unidad de Enfermería de Hospitalización a Domicilio y Unidad del paciente crónico.

g) Unidad de Enfermería de Psiquiatría I.

h) Unidad de Enfermería de Psiquiatría II.

Artículo 21. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos II.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos II agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados del paciente ingresado para atención de procesos preferentemente médicos agudos o crónicos y la unidad de hospitalización de día.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos II se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta C-3.

b) Unidad de Enfermería de Planta C-2.

c) Unidad de Enfermería de Hospitalización de Día.

d) Unidad de Enfermería de Planta D-2.

e) Unidad de Enfermería de Radioterapia, Radiofísica y Medicina Nuclear.

Artículo 22. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente.

1. El Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados a la mujer, hospitalización materno-infantil, así como atención urgente y crítica del niño.

2. El Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta 1-M.

b) Unidad de Enfermería de Planta 2-M.

c) Unidad de Enfermería de Planta 3-M.

d) Unidad de Enfermería de Hospitalización Pediátrica.

e) Unidad de Enfermería de Neonatología y Cuidados Intensivos Pediátricos.

f) Unidad de Enfermería de Urgencias de Pediatría.

g) Unidad de Enfermería de Consultas y Hospital de Día de Pediatría.

h) Unidad de Enfermería de Partos y Urgencias de Obstetricia y Ginecología.

i) Unidad de Enfermería de Salud Sexual y Reproductiva del Área de Pamplona.

Artículo 23. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón agrupa las Unidades de Enfermería del Área Clínica del Corazón.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Planta D-1, Hemodinámica y Exploraciones Cardiológicas.

b) Unidad de Enfermería de Planta D-3, Arritmias y Cuidados Coronarios.

Disposición adicional primera.-Nombramientos.

1. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos de las Jefaturas que no cambian de denominación.

2. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados de Hospitalización Quirúrgica como Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Quirúrgicos.

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados de Hospitalización Médica como Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos II.

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos como Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo Terapéutico.

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales como Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Médicos I.

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes como Jefatura de Área de Enfermería en Cuidados Críticos y Urgentes.

-La Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte como Jefatura de Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte y Recursos Materiales.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Farmacia I como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Farmacia.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Dietética y Nuevos Proyectos como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Dietética.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Esterilización II como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Esterilización II y Medicina Preventiva e Higiene Hospitalaria.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Ubarmin-3 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta 3-Ubarmin.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Ubarmin-5 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta 5-Ubarmin.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de A-2 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta H-2.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de E-1 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta E-1.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de E-2 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta E-2.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de 5-G como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta 5-G.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de 6-G como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta 6-G.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Hospitalización a Domicilio como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Hospitalización a Domicilio y Unidad del paciente crónico.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de N-4 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta C-3.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de H-4 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta C-2.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de D-2 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta D-2.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de D-1 como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta D-1, Hemodinámica y Exploraciones Cardiológicas.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Cuidados Coronarios y Exploraciones como Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta D-3, Arritmias y Cuidados Coronarios.

Disposición adicional segunda.-Requisitos para la provisión de Jefaturas.

1. En la provisión de la Jefatura de Unidad de Enfermería de Partos y Urgencias de Obstetricia y Ginecología podrán participar personal de enfermería, matronas y enfermeras especialistas en Obstetricia y Ginecología.

2. En la provisión de las Jefaturas de Unidad seguidamente indicadas, podrá participar personal con el título de Diplomado o Grado en Fisioterapia y personal de enfermería con la especialidad en Fisioterapia:

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación I.

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación II.

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación Ubarmin.

Disposición adicional única.-Derogaciones.

Se deroga la Orden Foral 81/2014, de 19 de agosto Vínculo a legislación, de la Consejera de Salud, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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