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Organización básica del Estado Mayor de la Defensa

16/05/2017
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Orden DEF/416/2017, de 4 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa (BOE de 15 de mayo de 2017). Texto completo.

ORDEN DEF/416/2017, DE 4 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DEF/1887/2015, DE 16 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ORGANIZACIÓN BÁSICA DEL ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA.

El artículo 16.1 Vínculo a legislación del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, define al Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN) como el principal centro docente militar conjunto, y el artículo 16.2 dispone que, para el cumplimiento de sus funciones, el CESEDEN adoptará la estructura que determine el Ministro de Defensa.

El artículo 12 Vínculo a legislación de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas, establece la articulación del CESEDEN y los cometidos de cada uno de sus órganos. La Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) recoge los cometidos que tenía asignada la extinta Escuela de Altos Estudios de la Defensa, haciéndose cargo la ESFAS de los cursos de Altos Estudios de la Defensa Nacional y de los cursos sobre cultura y diplomacia de la defensa.

El artículo 4.5 Vínculo a legislación de la organización del Estado Mayor de la Defensa, aprobada por la Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa, detalla lo regulado en la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero Vínculo a legislación, estableciendo la articulación de la ESFAS y concretando su estructura departamental y cometidos.

Por otra parte, el artículo 19.1 Vínculo a legislación del Real Decreto 339/2015, de 30 de abril, por el que se ordenan las enseñanzas de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional, establece que para el diseño y estructura de los cursos de altos estudios de la defensa nacional se tendrá en cuenta la normativa que regula las enseñanzas universitarias de posgrado.

Debido a ello, los nuevos currículos de las enseñanzas de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional presentan una estructura, orientación y metodología de enseñanza significativamente diferentes a las existentes, por lo que es necesario adecuar la organización y los procedimientos de la ESFAS para impartir las competencias previstas y reducir sus cargas administrativas.

Además, la implantación de las nuevas tecnologías para el desarrollo de los procesos docentes de todos los cursos, que se coordinan o imparten en la ESFAS, hace necesaria la creación de un departamento específico especializado en la enseñanza virtual.

La disposición final segunda del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre Vínculo a legislación, establece que “se faculta al Ministro de Defensa para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto y, en particular, para establecer las unidades de las Fuerzas Armadas que sean necesarias, de nivel inferior al establecido en este real decreto”, y el artículo 3.3, Vínculo a legislación párrafo segundo, de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, establece que “ se crearán y suprimirán por orden del Ministro de Defensa aquellas unidades cuyo mando corresponda al empleo de coronel que, no perteneciendo a la Fuerza, no se encuadren dentro de un cuartel general o una jefatura”

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.2 Vínculo a legislación de las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los centros docentes militares, aprobadas por la Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, el proyecto de esta orden ministerial fue propuesto por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa al Subsecretario de Defensa.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la organización del Estado Mayor de la Defensa, aprobada por la Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa.

El apartado 5 del artículo 4 Vínculo a legislación de la organización del Estado Mayor de la Defensa, aprobada por la Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa, queda redactado como sigue:

“5. La Escuela Superior de las Fuerzas Armadas se articula en:

a) La Jefatura de Estudios, que es el órgano auxiliar de su director para planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades docentes de la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas, particularmente el planeamiento a medio plazo, así como la evaluación de la calidad de la enseñanza y la acción tutorial. Se estructura en:

1.º Secretaría de Estudios.

2.º Sección de Planes.

3.º Sección de Altos Estudios.

4.º Sección de Enseñanza de Perfeccionamiento Conjunta.

5.º Sección de Acción Tutorial.

b) Los siguientes departamentos docentes, cuyos cometidos serán dirigir, coordinar y ejecutar las actividades de enseñanza concernientes a cada uno de ellos:

1.º Departamento de Cultura y Diplomacia de Defensa.

2.º Departamento de Liderazgo.

3.º Departamento de Política de Seguridad y Defensa.

4.º Departamento de Planeamiento de la Defensa.

5.º Departamento de Operaciones.

6.º Departamento de Inteligencia.

7.º Departamento de Enseñanza Virtual.”

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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