Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/05/2017
 
 

TS

El TS ve procedente el despido de un maquinista que triplicó la tasa de alcohol por su responsabilidad con los viajeros

16/05/2017
Compartir: 

Hace firme la sentencia del TSJC que recuerda que cinco años antes había sido sancionado por dar positivo en drogas

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo considera procedente el despido de un maquinista que triplicó la tasa de alcohol mientras realizaba un trayecto ferroviario debido a la responsabilidad que éste tenía en el trayecto de viajeros en una línea de alta velocidad.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada en marzo de 2016 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que consideró procedente el despido de este maquinista al quedar acreditado que había realizado el trayecto Barcelona-Figueres triplicando la tasa de alcohol en sangre.

La sentencia del TSJC que ahora se ha hecho firme explica que el maquinista, con 22 años de antigüedad en la empresa, fue despedido por causas disciplinarias en mayo de 2014, después de dar positivo en un control de alcoholemia --su resultado fue de 0,32 mg/litro cuando el máximo permitido es 0,10 mg/litro y 0,2 mg en sangre en transporte ferroviario--, lo que provocó que los pasajeros tuvieran que ser reubicados en otro tren.

El Tribunal Supremo asume lo acordado en el TSJC y declara el despido de este trabajador procedente porque se le impone "una diligencia y lealtad con mayor rigor por la responsabilidad del cargo ostentado y la labor realizada consistente en el transporte colectivo de viajeros en línea de alta velocidad".

Además, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tuvo también en cuenta la reincidencia del maquinista alegada por la empresa en la carta de despido. El conductor había sido suspendido en 2009 de empleo y sueldo durante 45 días por una falta muy grave por dar positivo en un control de drogas, tal y como se dice en los hechos probados que recoge el auto del Tribunal Supremo que se ha dado a conocer este viernes.

EN UN PRIMER LUGAR EL DESPIDO FUE DECLARADO IMPROCEDENTE

En un primer lugar, el juzgado de lo Social número 21 de Barcelona estimó la demanda del maquinista y declaró improcedente su despido partiendo del "dato erróneo" de que no había llegado a realizar ninguna tarea. Sin embargo, el TSJC consideró que quedó comprobado que había realizado el trayecto de ida entre Barcelona-Figueres, por lo que revocó la sentencia de instancia.

El trabajador despedido recurrió ante el Supremo para la unificación de doctrina, aportando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que consideró improcedente el despido de un repartidor de una empresa de congelados que dio positivo en alcohol en un control de la Guardia Civil y al que sólo se le retiró el carnet de conducir durante diez meses.

Para el Tribunal Supremo, el supuesto estudiado y el aportado son distintos, pues ni el cargo es el mismo en cada caso, ni tampoco la actividad laboral desarrollada, ni la responsabilidad que conlleva. Por esto, ha inadmitido el recurso presentado contra la sentencia del TSJC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana