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El Supremo eleva las penas hasta 20 años de prisión de cuatro acusados de asesinar a un abogado en 2008

11/04/2017
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Entiende que la participación de cada uno de ellos se ha tipificado "erróneamente"

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha elevado las condenas de cuatro de los siete sicarios del abogado Alfonso Díaz Moñux, asesinado el 18 de diciembre de 2008 en Madrid, hasta 20 años de prisión al entender que se ha considerado "erróneamente" la participación de estos acusados en el crimen.

En la sentencia que se ha dado a conocer este lunes, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por los familiares del letrado --padres, esposa e hijas-- apoyados por la Fiscalía, que alegaban su disconformidad con las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Madrid --que celebró el juicio en 2015 con jurado popular--, y confirmadas en junio de 2016 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), a los siete responsables de la muerte de Díaz Moñux.

La Sala da la razón a la mujer e hijas de la víctima y afirma que las condenas no se corresponden con la verdadera participación en el crimen. En este sentido, el Tribunal Supremo ha elevado las penas cárcel a los acusados Jonny-Alexander Echeverri, Francisco González Álvarez, Ibrahim Arteaga y John Edwards Montoya.

Según explica la sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, el primero de éstos está considerado "erróneamente" como conspirador, cuando su verdadera participación se corresponde con la autoría del asesinato. Por ello, aumenta la pena de 11 años de prisión hasta los 20 años.

Lo mismo ocurre con González Álvarez que fue calificado como cómplice y el Supremo entiende que fue cooperador necesario, por lo que eleva también la condena de 12 años de prisión a 20 años. Los magistrados incrementan además cuatro años las penas de Arteaga y Montoya, a los que les recayeron seis años de cárcel, al considerar que son cómplices del asesinato y no conspiradores.

MANTIENE LAS CONDENAS DE OTROS TRES ACUSADOS

No obstante, el Supremo ha rechazado los recursos presentados por González Álvarez y sus hijos Fernando y Javier González Hernáiz, condenados a 21 años de cárcel por asesinato alevoso y 24 años y cuatros meses por el mismo delito más tenencia de armas, respectivamente, y por tanto, mantiene sus condenas. Asimismo, tampoco se modifica la pena de tres años y siete meses de prisión por conspiración a José-Alexander Arenas, ya que éste no ha presentado ningún recurso.

Según los hechos probados de la sentencia de la Audiencia de Madrid, y ratificada por el TSJM, Díaz Moñux recibió en la noche del 18 de diciembre de 2008 dos disparos en la cabeza cuando entraba con su vehículo en el garaje de su domicilio, después de haber sido vigilado en varias ocasiones en su domicilio y lugar de trabajo.

Fueron González Hernáiz y un sujeto no enjuiciado en la causa los que perpetraron el crimen. Según cuenta la resolución, estas dos personas se aproximaron por la parte izquierda del vehículo "con la cara tapada o embozada y de forma súbita e inopinada" y uno de ellos efectuó los disparos que le ocasionaron la muerte al día siguiente en el hospital Gregorio Marañón de Madrid.

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