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El Supremo anula la inhabilitación del exembajador en Congo juzgado por emitir visados irregulares

10/04/2017
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Considera que no concurren los requisitos de arbitrariedad y notoria ilicitud que exige el delito de prevaricación

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha anulado la condena de 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público que la Audiencia Nacional impuso el pasado mes de mayo al exembajador del Congo Antonio Fernández Mazarambroz, ya jubilado, por la comisión de un delito de prevaricación administrativa relacionado con la emisión irregular de visados.

El alto tribunal estima el recurso del diplomático y le absuelve al considerar que no concurren en su actuación los requisitos de arbitrariedad y notoria ilicitud que exige el tipo penal de prevaricación.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, señala que "ni la norma jurídica reguladora nos permite afirmar que el embajador careciera de toda competencia en materia de autorización de los dos visados a que se refiere la sentencia recurrida en hechos probados, ni que la asunción de esa competencia fuera ilícita por atender a fines diversos de los que toma en consideración el ordenamiento jurídico al establecer las competencias de esa materia".

La Audiencia Nacional, sin embargo, consideró probado que desde 2012, siendo el responsable de la embajada Fernández Mazarambroz, se produjo un aumento injustificado de la llegada de nacionales congoleños a España y que autorizó visados a pesar de que no era su competencia.

Los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Carmen Paloma González atendieron la petición del fiscal que rebajó durante la vista oral su petición inicial de pena de dos años de prisión y 17 de inhabilitación y retiró la acusación por el delito de cohecho.

Durante el juicio Fernández de Mazarambroz negó su participación en la autorización de visados y justificó ese aumento de llegadas en el cumplimiento de las directrices del Gobierno para incrementar las relaciones comerciales.

Sin embargo, la sentencia ahora anulada señalaba que en 2012 trataron de entrar por el aeropuerto de Madrid-Barajas 319 ciudadanos de la República Democrática del Congo, de los que fueron inadmitidos 90 (el 28,1 por ciento) y, posteriormente, otro grupo de 89 nacionales trataron de hacer lo mismo y en esta ocasión fueron rechazados 53 personas (el 59,55 por ciento).

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