Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/03/2017
 
 

Gibraltar después del ‘Brexit’; por Paz Andrés Sáenz de Santa María, catedrática de Derecho Internacional Público de la Universidad de Oviedo

01/03/2017
Compartir: 

El día 1 de marzo de 2017, se ha publicado en el diario El País, un artículo de Paz Andrés Sáenz de Santa María, en el cual la autora considera que para Gibraltar, el Brexit ha sido una pésima noticia.

GIBRALTAR DESPUÉS DEL ‘BREXIT’

Para Gibraltar, el Brexit ha sido una pésima noticia. Jurídicamente, no hay duda de que una vez materializada la salida de Reino Unido España recupera la facultad reconocida por el artículo X del Tratado de Utrecht de controlar e incluso de cerrar el paso por la verja, que permanecía inaplicable tras la adhesión de España a la Unión Europea como consecuencia de la obligación de garantizar la libre circulación de personas, servicios y capitales. Por otra parte, los expertos ya han advertido de las restricciones que España podría imponer sobre la residencia, propiedades, negocios y ejercicio profesional de los gibraltareños en España y, más en general, de las repercusiones negativas para Gibraltar de la pérdida del estatuto especial. Los documentos publicados por el Gobierno británico antes del referéndum reconocían estos problemas y el apoyo a la permanencia expresado en la consulta por el 95,1% de los gibraltareños certifica que son conscientes de las consecuencias.

El compromiso de Reino Unido con Gibraltar, reiterado en múltiples ocasiones antes y después del Brexit mediante el conocido mantra de que ese Estado nunca celebrará acuerdos por los que la población de Gibraltar quede bajo la soberanía de otro Estado ni participará en negociaciones de soberanía con las que Gibraltar no esté conforme, tendrá valor político para consumo interno pero no puede eliminar esta realidad. Tampoco pueden hacerlo los vanos intentos de formar con Escocia un frente común para conseguir la permanencia en la Unión, dada la condición singular de Gibraltar como territorio no autónomo, ni la también vana evocación del caso de Groenlandia, pues es justamente el inverso de lo que Gibraltar pretende. Nada de esto vale para obviar los poderes de control que se derivan del derecho de la UE para cada Estado miembro en relación con las sucesivas fases del proceso de retirada, desde la definición de las orientaciones de negociación por parte del Consejo Europeo, pasando por la adopción del texto del tratado de retirada y hasta la ratificación del mismo.

La reciente propuesta española de soberanía conjunta abre una nueva perspectiva. Su contenido se articula alrededor de cuatro ejes: un estatuto personal para los habitantes del Peñón que les permita acceder a la nacionalidad española sin renunciar a la británica; un régimen de autonomía; el mantenimiento de un régimen fiscal particular siempre que sea compatible con el derecho de la Unión y el desmantelamiento de la verja. España y Reino Unido ostentarían conjuntamente las competencias en materia de defensa, relaciones exteriores, control de fronteras, inmigración y asilo. Al presentarla ante la Cuarta Comisión de la Asamblea General, el representante de España destacó las ventajas de esta solución para conjurar las consecuencias del Brexit sobre Gibraltar, pues la economía del territorio seguiría beneficiándose del acceso al mercado interior, manteniéndose las libertades de circulación.

Cuando David Cameron obtuvo de los jefes de Estado y de Gobierno la decisión relativa a un nuevo régimen para Reino Unido, dijo que había conseguido lo mejor de los dos mundos, aunque los ciudadanos británicos no supieron apreciarlo. Tras el Brexit, la propuesta de soberanía conjunta ofrece a Gibraltar la versión particular de lo mejor de los dos mundos. Su ministro principal, que ya se ha precipitado a rechazarla, tendría que explicar a la población por qué prefiere salir de la Unión en vez de permanecer en ella sin tener que renunciar a nada, por qué desprecia un estatuto personal privilegiado, por qué no quiere superar de este modo una situación colonial anacrónica y por qué no quiere fortalecer las sinergias económicas con el Campo de Gibraltar, por el que a veces aparenta interesarse. Escudarse en el referéndum de 2002 en el que se rechazó la fórmula de la cosoberanía negociada por Piqué y Straw no parece suficiente, dado el cambio que supone el Brexit.

La puesta en práctica de la salida de Reino Unido de la UE llevará tiempo pero acabará llegando. La población de Gibraltar se topará con la cruda realidad de ser un territorio no autónomo de un tercer Estado, con todos los inconvenientes y ninguna de las ventajas actuales. En El arte de la prudencia, Baltasar Gracián contrapone a los que no se dan cuenta de la verdad ni de la utilidad, preocupados por contradecir y luchar, frente a los que están de parte de la razón y no de la pasión. Gibraltar va a tener que valorar pronto cuál de las dos posturas conviene más a sus intereses.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana