ORDEN UMA/3/2017, DE 3 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA DE INSPECCIÓN AMBIENTAL DE CANTABRIA PARA EL AÑO 2017.
Mediante la Orden MED/2/2014, de 20 de enero , la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprobó el Plan de Inspección Ambiental en Cantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada (2014-2020).
El Plan de Inspección Ambiental cumple con las obligaciones de la Directiva de Emisiones Industriales (Directiva 2010/75/UE) que es traspuesta parcialmente al ordenamiento jurídico español mediante el Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre
. Los preceptos de marcado carácter técnico y de desarrollo del anejo 1 de la Ley se han incorporado en el Reglamento de Emisiones Industriales aprobado mediante Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre
.
En el artículo 23. del Reglamento de Emisiones Industriales se establece la obligación de los órganos competentes de elaborar regularmente programas de inspección ambiental basándose en los planes de inspección, que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a los emplazamientos para los distintos tipos de instalaciones con mayor potencial de contaminación debido a su tamaño y a los procesos productivos utilizados.
La Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre , de Control Ambiental Integrado, en sus artículos 41. y 42., y el Decreto de Cantabria 19/2010, de 18 de marzo
, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de aquélla, en sus artículos 92. al 95., disponen que la facultad inspectora de las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente, con el fi n de garantizar el cumplimiento de las prescripciones legales y de las determinaciones incluidas en los instrumentos de control a los que hace referencia la mencionada Ley.
Una vez superados los tres primeros ejercicios de implantación del Plan de Inspección Ambiental de Cantabria, es necesario y obligado aprobar un nuevo programa que recoja las experiencias derivadas del Programa de inspección Ambiental del año 2016, y haga frente a los retos cotidianos de la actividad inspectora medioambiental.
Por ello, en el marco de lo establecido en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, y en virtud del artículo 121. de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre , de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, DISPONGO:
Artículo único.- Se aprueba el Programa de Inspección Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada correspondiente al año 2017, el cual fi gura como Anexo de la presente Orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Anexos
Omitidos.