MADRID/SANTIAGO, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Alto Tribunal ha rechazado que en este caso concurra "causa juzgada" y para determinarlo aplica la jurisprudencia de la Sala Primera del Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Alega que se trata de una acción individual y no colectiva.
También apunta que la cláusula enjuiciada en este caso era diferente a las examinadas por la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 y destaca que la entidad de crédito contratante no fue BBVA, sino Caixa d'Estalvis Comarcal de Manlleu.