Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/01/2017
 
 

Normas de elaboración de los presupuestos generales

27/01/2017
Compartir: 

Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 30 de diciembre de 2016 de modificación de los anexos 3 y 4 de la Orden de 15 de junio de 2016 por la que se dictan las normas de elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017 (BOCAIB de 26 de enero de 2017) Texto completo.

ORDEN DE LA CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE 30 DE DICIEMBRE DE 2016 DE MODIFICACIÓN DE LOS ANEXOS 3 Y 4 DE LA ORDEN DE 15 DE JUNIO DE 2016 POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS DE ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS PARA EL AÑO 2017

La Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 15 de junio de 2016 por la que se dictan las normas de elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017 (publicada en el BOIB n.º 77/2016, de 18 de junio) contiene, en los anexos 3 y 4, los códigos de clasificación económica de los gastos e ingresos presupuestarios a nivel de capítulos, artículos, conceptos y subconceptos. Aunque la estructura de esta clasificación económica, de acuerdo con los artículos 3.1 y 3.2 de la misma Orden, se declara abierta a nivel de concepto y subconcepto, de modo que la Dirección General de Presupuestos y Financiación puede habilitar los nuevos conceptos y subconceptos que considere procedentes, lo cierto es que la modificación de los que ya constan en la Orden requiere que se apruebe la correspondiente orden de modificación.

La aprobación, mediante una resolución que debe producir efectos el 1 de enero de 2017, del nuevo Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y, con ello, del nuevo cuadro de cuentas, ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar puntualmente algunos de los códigos de los conceptos y subconceptos contenidos en la citada Orden de 15 de junio de 2016.

Por todo ello y en uso de las atribuciones que me confieren las normas vigentes, dicto la siguiente

ORDEN

Artículo único

Modificaciones de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 15 de junio de 2016 por la que se dictan las normas de elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017

Los anexos 3 y 4 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 15 de junio de 2016 por la que se dictan las normas de elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017 quedan modificados de la manera que consta en el anexo de la presente orden.

Disposición final única

Entrada en vigor

La presente orden empezará a regir, una vez publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, día 1 de enero de 2017.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana