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Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Guadalajara

Dan la razón a 64 afectados por cláusulas suelo de Azuqueca (Guadalajara) que demandaron amparados por el Ayuntamiento

12/01/2017
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Sentencia "pionera" apenas 20 días después del fallo del Tribunal Europeo

AZUQUECA DE HENARES, 11 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Guadalajara ha dictado sentencia favorable a un total de 64 vecinos repartidos en 37 unidades familiares de Azuqueca de Henares que en diciembre de 2014 se acogieron a una estrategia impulsada por el Ayuntamiento de la localidad para llevar a la justicia cláusulas suelo abusivas.

Esta sentencia, conocida este mismo miércoles, viene apenas un mes después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara que con carácter retroactivo las entidades bancarias deberán devolver a los clientes afectados por cláusulas suelo abusivas el total de lo cobrado de más.

Esta sentencia da respuesta a la primera de las 11 demandas que el Ayuntamiento de Azuqueca asumió inscritas en el marco del Servicio Municipal contra al abuso de cláusulas suelo puesto en marcha en el municipio alcarreño, único de estas características puesto en marcha en España, entonces comandado por el socialista Pablo Bellido en colaboración con el concejal y portavoz del equipo de Gobierno, José Luis Escudero.

El fallo de esta sentencia, recogido por Europa Press, señala que se estima íntegramente la demanda presentada y se declara la nulidad de las cláusulas que contienen limitaciones mínimas a las variaciones del tipo de interés nominal, "teniéndolas por no puestas en los contratos en los que se hayan incluido, y, en su caso, junto con aquellas otras conexas con la misma y concordantes, en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria suscritos por los actores y desglosados en el fundamento de derecho tercero de la sentencia".

Del mismo modo, la justicia condena a la entidad demandada a eliminar de los contratos las condiciones generales declaradas nulas.

"Se condena a la demandada a restituir a cada uno de los demandantes todas las cantidades indebidamente percibidas en aplicación de cada una de las cláusulas declaradas nulas. Estas cantidades deberán verse incrementadas con los intereses legales desde la fecha de cada cobro", continúa la sentencia.

Igualmente, se condena a la entidad bancaria a "recalcular de forma efectiva el cuadro de amortización de cada uno de los préstamos o créditos hipotecarios desde su constitución y que regirá en lo sucesivo hasta el final de cada uno de ellos", además de a abonar las costas procesales.

El entonces portavoz municipal del Ayuntamiento azudense y ahora diputado del Grupo Socialista en las Cortes de Castilla-La Mancha, José Luis Escudiero, ha explicado a Europa Press que se trata de una sentencia "pionera" en España al respecto, solo 20 días después de conocerse que los bancos tendrán que devolver el total de lo cobrado de más con carácter retroactivo desde la firma de los contratos.

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