Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/01/2017
 
 

AN

La Audiencia Nacional rechaza el recurso de un viajero que se cayó en la estación de Torrelavega y pedía 74.700 € a Adif

09/01/2017
Compartir: 

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un usuario del servicio ferroviario que se cayó en la estación de Torrelavega y que reclamaba a Adif (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias) 74.679 euros en concepto de responsabilidad patrimonial, por las lesiones y secuelas sufridas.

SANTANDER, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

Con esta sentencia, publicada este lunes y recogida por Europa Press, se confirma el fallo previo dictado en febrero del año pasado por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7, que rechazaba la pretensión del afectado.

Según la resolución judicial, el demandante sostiene que el 16 de diciembre de 2012 sufrió una caída en las escaleras de acceso a los andenes de la estación de ferrocarril Feve de Torrelavega, por estar el suelo "lleno de agua y resbaladizo" y "en defectuoso estado de uso y mantenimiento".

La víctima alegaba además que no se había adoptado ninguna medida para advertir, paliar y/o evitar la peligrosidad de dicha circunstancia, y las existentes no fueron "eficaces" para prevenir y evitar la caída.

El hombre aseguraba que los daños que sufrió fueron consecuencia de la "deficiente" prestación del servicio público de mantenimiento del pasado de la estación, en concreto de la escalera de acceso al andén, que el día de los hechos se encontraba "lleno de agua y resbaladizo", de ahí que solicitara ser indemnizado por Adif.

La Audiencia Nacional se hace eco de la sentencia recurrida para recalcar que "no existe dato objetivo alguno acreditativo de que el pavimento de las escaleras fuera estructuralmente defectuoso o presentara desperfectos o estuviera en malas condiciones, de modo que fuera anormalmente resbaladizo".

Tampoco existe "ninguna otra prueba de la que puede inferirse que el riesgo inherente a la utilización de dichas escaleras por falta de elementos de seguridad preceptivos o por otras condiciones objetivas rebasara los límites impuestos por los estándares de seguridad exigibles".

Así, la AN concluye que no queda acreditado el nexo causal necesario para la atribución de responsabilidad, y desestima el recurso de apelación interpuesto por el demandante.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la AN en el plazo de 30 días.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  5. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  6. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Actualidad: Chamorro destaca el rigor y la dedicación de la justicia asturiana al recibir la medalla de oro de la Cámara de Comercio

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana