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Normas para la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos

02/01/2017
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Orden 4888/2016, de 14 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las normas para la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos por el servicio de visita guiada al Parque Arqueológico del Valle de los Neandertales, en Pinilla del Valle, por el Museo Arqueológico Regional (BOCAM de 29 de diciembre de 2016). Texto completo.

ORDEN 4888/2016, DE 14 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA GESTIÓN, LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR EL SERVICIO DE VISITA GUIADA AL PARQUE ARQUEOLÓGICO DEL VALLE DE LOS NEANDERTALES, EN PINILLA DEL VALLE, POR EL MUSEO ARQUEOLÓGICO REGIONAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre Vínculo a legislación, los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precio público deben recogerse en el Catálogo aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 23 de julio de 1998, se establece el Catálogo actualizado de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precio público en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En su Anexo I, apartado H), se recogen servicios y actividades prestados por la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno: Cultura, que pueden ser retribuidos mediante precios públicos.

Con fecha 8 de noviembre de 2016, el Consejo de Gobierno dictó un Acuerdo por el que se modifica el referido Catálogo, estableciendo nuevos precios públicos por el servicio de visita guiada al Parque Arqueológico del Valle de los Neandertales en Pinilla del Valle, y fijando la cuantía de los mismos.

El apartado cuarto de dicho Acuerdo faculta al Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación del precio público a que se refiere este Acuerdo. En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las normas para la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos por el servicio de visita guiada al Parque Arqueológico del Valle de los Neandertales en Pinilla del Valle.

Artículo 2. Competencia.

La competencia que, por razón de la materia, corresponde a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno para la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos objeto de la presente Orden, se atribuye al Museo Arqueológico Regional de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Consejería con competencias en materia de tributos y precios públicos.

Artículo 3. Servicios y actividades.

Los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos objeto de la presente Orden son, de conformidad con lo establecido en el apartado H) Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno: Cultura, del Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, por el que se establece el Catálogo actualizado de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidas mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los siguientes:

H 02. Prestación del servicio de visita guiada al Parque del Valle de los Neandertales en Pinilla del Valle.

- H 02.1. Entrada para adultos: 2 euros.

- H 02.2. Entrada para niños de entre ocho y doce años: 1 euro.

Artículo 4. Exenciones.

Quedan exonerados de pago los niños menores de ocho años.

Artículo 5. Liquidación y pago.

1. El pago del precio público deberá realizarse por los obligados en el momento previo a la visita guiada.

2. La visita guiada deberá reservarse previamente por las personas o grupos interesados en la siguiente dirección electrónica: http://www.elvalledelosneandertales.com/reservas/

La entrada para los grupos escolares se asimilarán al precio de entrada reducida de 1 euro.

3. Los ingresos se acreditarán mediante las hojas de control o certificado expedido por la persona encargada de las visitas.

4. La recaudación correspondiente se ingresará mediante el documento normalizado 030, que se acompaña como Anexo a la presente Orden.

El modelo 030 se facilitará por el Museo Arqueológico Regional de la Comunidad de Madrid, así como por los Servicios de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid. Asimismo, podrá obtenerse de Internet, en la página web de la Comunidad de Madrid, cuya dirección es www.madrid.org, “Servicios al Ciudadano”, “Gestiones y Trámites”, seleccionando, dentro del apartado “Servicios Electrónicos”, el enlace a “Pago de tasas y precios públicos”, y a continuación el enlace “Acceso al servicio”.

5. Dicho impreso deberá cumplimentarse en todos sus apartados, teniendo en cuenta los siguientes datos:

CUADRO OMITIDO

6. El ingreso de los precios públicos podrá realizarse a través de cualquiera de las siguientes modalidades:

a) En efectivo, en alguna de las entidades colaboradoras: “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, “Banco Santander”, “Bankia”, “BBVA”, “Cajamar”, y “Caixabank”.

b) Por banca electrónica (mediante cargo en cuenta o pago por tarjeta), accediendo a la página web de la Comunidad de Madrid www.madrid.org, “Servicios al Ciudadano”, “Gestiones y Trámites”, seleccionando, dentro del apartado “Servicios Electrónicos”, el enlace a “Pago de tasas y precios públicos”, y a continuación el enlace “Acceso al servicio”.

Artículo 6. Devolución del pago.

Cuando por causas imputables a la Administración no se prestase el servicio público, procederá la devolución del importe correspondiente.

Artículo 7. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

ANEXO OMITIDO

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