BILBAO, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -
El TS ha dictado esta sentencia en consonancia a la "reiterada" doctrina de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo acerca de la existencia de trabajadores indefinidos no fijos en las empresas públicas y la "ausencia de vulneración de los principios de igualdad y no discriminación".
Por lo tanto, desestima los recursos de casación interpuestos por ESK, ELA, CC.OO, así como miembros del comité de empresa de Eusko Irratia contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), en la que se avalaba la decisión del Consejo de Administración de EiTB.
En esa sentencia, el TSJPV desestimaba las demandas interpuestas por ESK y ELA frente a EiTB, Eusko Irratia y Radio Vitoria, y declaraba la falta de legitimación pasiva del ente público y la procedencia del despido colectivo.