Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/12/2016
 
 

TS

El Tribunal Supremo confirma la absolución de López Abad y de Juan Ramón Avilés por las dietas de la CAM

05/12/2016
Compartir: 

Declara probado que el exdirector general y el expresidente de la Comisión de Control no intervinieron en la determinación de su importe

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución dictada por la Audiencia Nacional del exdirector general de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y del expresidente de la Comisión de Control Juan Ramón Avilés por favorecer dietas presuntamente irregulares que habrían cobrado 19 miembros de la entidad, que oscilaron entre los 9.000 y 308.700 euros, alcanzando los 1,37 millones de euros.

Se trataba de la segunda vez que la Audiencia Nacional los absolvía después de que el alto tribunal obligara a este órgano a corregir la sentencia inicial y dictar una nueva porque en la primera no se había aceptado las personaciones de la propia CAM y el Fondo de Garantía de Depósitos para ejercer la acusación.

Se les absuelve, concretamente, de los delitos de administración desleal y apropiación indebida en relación con el cobro irregular de dietas y la concesión de préstamos.

En la resolución dada a conocer este viernes el Supremo afirma que se declara probado que los acusados no tuvieron ninguna intervencion en la determinación del importe de las primeras. Respecto de López Abad "nada se dice (...) acerca de la existencia de un acuerdo con quienes fijaron el importe de las dietas, ni siquiera que hubiera percibido algunas de las cuestionadas", subraya la resolución.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  3. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  7. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana