Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/11/2016
 
 

Audiencia Provincial de Alicante

Dos menores, condenados a indemnizar con 2.800 euros a una compañera a la que humillaron en un grupo de Whatsapp

29/11/2016
Compartir: 

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a dos menores al pago de una indemnización de 2.800 euros a una compañera de curso a la que humillaron con mensajes de contenido sexual en un grupo de Whatsapp en el que participaban varios compañeros de clase más.

ALICANTE, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los dos niños habían sido condenados por el juzgado de Menores número 3 de Alicante en marzo de 2016 por un delito de trato degradante. El juez les impuso nueve meses de tareas socioeducativas, entre 20 y 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la obligación de pagar a la víctima, que sufrió un trastorno de estrés postraumático, una indemnización de 2.828 euros, cantidad a la que tendrían que hacer frente sus padres como responsables civiles directos.

Sin embargo, los dos condenados apelaron esta sentencia ante la Audiencia Provincial de Alicante ya que, si bien reconocían la autoría de los mensajes, su defensa entendía que los hechos no eran constitutivos de un delito de trato degradante sino de una falta de vejaciones recogida en un artículo, el 620 del Código Penal, que había sido derogado.

En su resolución, la sala estima parcialmente este recurso ya que entiende que para que la acción degradante sea considerada atentado a la dignidad "requerirá una conducta continuada" o bien "una intensidad lesiva para la dignidad suficiente".

En este caso, los hechos se produjeron entre la madrugada y las primeras horas de la mañana de un mismo día, por lo que la Audiencia no aprecia una conducta continuada en el tiempo. Además, sin negar el "carácter despreciativo y humillante" de los mensajes, la sentencia explica que las frases "en sí mismas consideradas, tampoco pueden encuadrarse en esos actos que la jurisprudencia considera que puedan ocasionar el resultado típico de trato degradante".

ABOCADA A ABSOLVER

Así, la Audiencia Provincial de Alicante estima parcialmente el recurso de los dos menores y califica los hechos de una falta de vejaciones. Como tal infracción quedó despenalizada tras la tras la reforma del Código Penal de 2015, la sala se ve abocada a absolver a los dos menores, a quienes retira la sanción penal pero mantiene la responsabilidad civil, que les obliga a pagar a la víctima más de 2.800 euros, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La sentencia de primera instancia consideró probado que la noche del 18 de mayo de 2014 los dos menores instaron a la joven, a través del grupo de Whatsapp, a que les mandara fotos de su cuerpo, a los que siguieron otros mensajes de mayor contenido sexual.

Estas expresiones, de acuerdo con la sentencia, no estaban "incardinadas en contexto alguno propiciado o consentido" por la menor e "introducían en relación a la misma referencias o insinuaciones de contenido sexual y/o, en algún caso, de carácter vejatorio y/o humillante".

La joven decidió abandonar el grupo, aunque el administrador la volvió a agregar minutos después, con nuevos términos humillantes.

Al día siguiente, la chica, que fue diagnosticada de trastorno por estrés postraumático, puso en conocimiento del profesorado los hechos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana