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Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears

29/11/2016
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Decreto 69/2016, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 23/2012, de 23 de marzo, por el que se aprueban los nuevos Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (BOCAIB de 26 de noviembre de 2016) Texto completo.

DECRETO 69/2016, DE 25 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 23/2012, DE 23 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS NUEVOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS

Por medio del Decreto 110/1997, de 1 de agosto, se constituyó, en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el Instituto Balear de Desarrollo Industrial (IDI), como empresa pública de las definidas en el artículo 1.b) de la Ley 3/1989, de 29 de marzo, de Entidades Autónomas, Empresas Públicas y Vinculadas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, es decir, como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, que debe ajustar su actividad al ordenamiento jurídico privado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la citada ley.

El Decreto 110/1997 mencionado ha sufrido diversas modificaciones, entre las que hay que destacar la producida mediante el Decreto 23/2012, de 23 de marzo, por el que se aprueban los nuevos Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears, para adaptar el IDI al régimen jurídico previsto en la Ley 7/2010, de 21 de julio Vínculo a legislación, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Se debe mencionar que la modificación de los Estatutos del IDI operada por la aprobación del Decreto 28/2013, de 31 de mayo, no altera el artículo 2 de los Estatutos del IDI, que se pretenden modificar con este decreto.

El Decreto 8/2015, de 2 de julio Vínculo a legislación, establece la nueva estructura del Gobierno de las Illes Balears y la creación de la nueva Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, a la que está adscrito el IDI.

El objetivo de este decreto es modificar el artículo 2 de los Estatutos del IDI, que detalla los objetivos genéricos y específicos de la entidad, para adaptarlo a los objetivos que se le quieren dar de cara al futuro.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de día 25 de noviembre de 2016,

DECRETO

Artículo único

Modificación del anexo del Decreto 23/2012, de 23 de marzo, por el que se aprueban los nuevos Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears

Se modifica el artículo 2 con la siguiente redacción:

Artículo 2

1. El IDI tiene como objetivo genérico impulsar el ejercicio de la actividad económica y empresarial en las Illes Balears, con criterios de competitividad, sostenibilidad, reequilibrio territorial y sectorial, facilitando a los trabajadores y trabajadoras, emprendedores y emprendedoras, y a las empresas, la información, la formación, el asesoramiento y los medios necesarios para su implantación, para mejorar su gestión y para aumentar su competitividad, y colaborar con otras entidades públicas y privadas que persiguen objetivos afines.

2. En particular, son objetivos concretos del IDI los siguientes:

a) Realizar acciones de formación profesional orientadas al empleo y a la formación continua de trabajadores y trabajadoras.

b) Impulsar, orientar y apoyar la creación y la consolidación de proyectos empresariales en las Illes Balears.

c) Promover la mejora de la competitividad y de la productividad de las empresas y de los sectores empresariales de las Illes Balears.

d) Impulsar la internacionalización de las empresas de las Illes Balears.

e) Promover los productos y los servicios de las empresas de las Illes Balears en los mercados locales y exteriores.

f) Promover y gestionar suelo, naves y oficinas para emprendedores y emprendedoras, y empresas.

Disposición final única

Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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