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Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de investigación, estudio y divulgación en materia de Memoria Democrática de Andalucía

14/11/2016
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Orden de 4 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de investigación, estudio y divulgación en materia de Memoria Democrática de Andalucía (BOJA de 11 de noviembre de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2016, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN, ESTUDIO Y DIVULGACIÓN EN MATERIA DE MEMORIA DEMOCRÁTICA DE ANDALUCÍA.

El artículo 10.3.24.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como uno de los objetivos básicos del ejercicio de los poderes de la Comunidad Autónoma, en defensa del interés general, velar por la salvaguarda, conocimiento y difusión de la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades. Para la consecución de este objetivo, el apartado 4 del mismo artículo dispone que dichos poderes adoptarán las medidas adecuadas para alcanzar los objetivos señalados, especialmente mediante el impulso de la legislación pertinente, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas.

El Decreto 334/2003, de 2 de diciembre Vínculo a legislación, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, recoge un conjunto de medidas con esa finalidad, entre las que se encuentran las previstas en el artículo 5, en forma de ayudas o subvenciones para promover la participación de las entidades sin ánimo de lucro en las actuaciones de investigación y estudio con objeto de obtener la documentación y los datos necesarios que ayuden a la localización de los lugares de enterramiento de las víctimas de la Guerra Civil y la posguerra, así como la divulgación de los sucesos producidos en estos períodos y los lugares donde se produjeron, suponiendo las bases de las posteriores actuaciones por parte de los agentes implicados.

En el orden competencial, el artículo 11.1 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre la reestructuración de Consejerías, atribuye a la Consejería de Cultura, entre otras, las competencias relativas a Memoria Histórica.

La Consejería de Cultura, conforme a lo dispuesto en el articulo 1.3 del Decreto 213/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, ostenta las competencias en materia de atención a la personas ex-presas y represaliadas de la Guerra Civil y del Franquismo y la recuperación de la Memoria Histórica. Asimismo, le corresponden las funciones recogidas en el Decreto 54/2005, de 22 de febrero, por el que se crea la figura del Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica, que en la actualidad ejerce la Dirección General de Memoria Democrática.

El Decreto 213/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, en sus artículos 9.1 y 9.2.i), atribuye a la Dirección General de Memoria Democrática, entre otras, las competencias de planificación, dirección, coordinación, control técnico y propuesta de actuación en materia de Memoria Democrática y la formulación de propuestas de actuación a las diversas Consejerías y entidades dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía, así como a las Administraciones Locales de Andalucía, dirigidas a la recuperación de la Memoria Democrática y al reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y del franquismo.

Así pues, en el ejercicio de dichas competencias, la presente Orden tiene como objeto la aprobación de las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de investigación, estudio y divulgación en materia de Memoria Democrática en Andalucía.

Con el fin de lograr una simplificación administrativa en su aprobación, se ha optado por ajustar el contenido y el procedimiento de elaboración de las bases reguladoras de las subvenciones contenidas en esta Orden a las previsiones establecidas en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 5 de octubre de 2015, por la que fueron aprobadas las bases tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, sin ser necesario que junto a la solicitud de subvención, las personas o entidades interesadas aporten ningún otro documento, si bien aquellas entidades que resulten beneficiarias y sus suplentes, deberán aportar la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro Resumen.

Con las misma finalidad, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo b), epígrafe 7.º, de la disposición adicional primera de la mencionada Orden de 5 de octubre Vínculo a legislación de 2015, las bases reguladoras aprobadas por la presente Orden recogen entre los criterios de valoración para la concesión de la subvención, establecidos en el artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, solamente los criterios contemplados en los apartados a) y b) del Decreto antes citado, que por la propia naturaleza de la subvención y de las entidades solicitantes pueden ser exigidos a éstas. En relación a las medidas destinadas a no perpetuar la desigualdad entre los hombres y las mujeres, se tratará de conocer el papel que estas últimas desarrollaron durante este período de la historia, visibilizando su presencia y mostrando una nueva dimensión con el uso de un lenguaje inclusivo y no sexista.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Memoria Democrática y en uso de las facultades y competencias conferidas por el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación en materia de Memoria Democrática de Andalucía.

1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación en materia de Memoria Democrática de Andalucía.

2. Son parte integrante de las citadas bases reguladoras el cuadro resumen de la línea de subvención regulada, que se inserta a continuación, y el texto articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Publica, de 5 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm 215, de 5 de noviembre de 2015).

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan o contradigan a la presente Orden. En concreto, queda derogada la Orden de 14 de julio de 2014, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las actividades de investigación, estudio y divulgación dentro de las actuaciones en materia de Memoria Democrática de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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