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Audiencia Provincial de Palma

Condenado un hombre que propinó una patada en la cara a su pareja mientras paseaban por el bosque de Bellver

11/11/2016
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La Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena de diez meses de cárcel impuesta a un hombre por propinar una patada en la cara a su pareja tras discutir sobre la ruptura de su relación mientras paseaban a sus perros por el bosque de Bellver, en Palma.

PALMA DE MALLORCA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El tribunal de la Sección Segunda ha desestimado así el recurso de apelación interpuesto por el encausado contra la resolución, que le prohíbe acercarse a menos de cien metros a su expareja y comunicarse por cualquier medio con ella, al tiempo que le condena a indemnizarla con 350 euros por los seis días que tardaron en curar sus lesiones.

En su recurso, el acusado rebatía la versión ofrecida por la víctima y recriminaba que el testimonio de ésta obedecía a un "móvil espurio", que según el apelante "surge cuando sobreviene la ruptura sentimental de la pareja y ella reclama lo que le corresponde".

Sin embargo, la Sala rechaza los argumentos del condenado al aseverar que los mismos exigen "la demostración o evidencia" de que en la valoración de la prueba practicada "se ha cometido una incoherencia interpretativa o un error jurídico".

Es más, asevera el tribunal que la mujer interpuso la denuncia en un escaso periodo de tiempo y recibió asistencia médica: "La lesión resulta compatible con dicha versión y constituye un corroborante objetivo".

Los magistrados continúan afirmando que tampoco se advierte un motivo espurio en la víctima. Sí existía, añade, una "mala relación de pareja" pero "de ahí a considerar que los hechos enjuiciados no existieron y son producto de una invención de la perjudicada requeriría un principio de prueba de cargo de quien alega el ánimo espurio".

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