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TJUE

El TJUE confirma la validez del sistema de financiación de RTVE

11/11/2016
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado este jueves que el régimen de financiación de RTVE es compatible con la legislación comunitaria en materia de ayudas de Estado, al haber desestimado el recurso de DTS Distribuidora de Televisión Digital contra una sentencia anterior.

BRUSELAS, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea declaró compatible con el marcado interior en nuevo sistema de financiación aprobado en 2009, que incluía, un gravamen sobre los ingresos de los operadores de pago para contribuir al presupuesto de la corporación pública. La nueva ley también establecía que, cuando las fuentes de financiación no bastaran para cubrir los costes de RTVE, el Estado quedaba obligado a suplir la diferencia. En concreto, consideró que las medidas fiscales no eran parte del régimen de ayudas en favor de RTVE.

No obstante, DTS solicitó al Tribunal General de la UE que anulara la decisión de Bruselas, alegando que las medidas fiscales formaban parte de la ayuda y, a su vez, que el concepto de ayuda de la legislación europea había sido infringido. El tribunal de primera instancia desestimó el recurso, y DTS pidió entonces la anulación ante el TJUE.

En la sentencia de este jueves, el tribunal europeo desestima el recurso de casación de DTS y confirma la sentencia del Tribunal General. Así, considera que el segundo estaba en lo cierto al estimar que las medidas fiscales no formaban parte del régimen de ayudas en favor de RTVE.

En este sentido, el TJUE recuerda que el importe de la ayuda se fija de acuerdo con los costes netos relacionados con el cumplimiento de la misión de servicio público, por lo que los ingresos por las medidas fiscales no tienen ninguna influencia directa en la cantidad o en la concesión de la ayuda otorgada a RTVE.

Además, el Tribunal de Justicia subraya que una parte de los ingresos por el gravamen puede ser destinada a otros fines, como reasignarse a un fondo de reserva o al Tesoro Público. También destaca que la inaplicabilidad de las medidas fiscales no cuestiona la ayuda, puesto que el Estado debe completar la diferencia entre los ingresos y los costes para el cumplimiento de sus obligaciones de servicio público.

Por último, el TJUE considera que no es suficiente para demostrar que el impuesto forme parte integrante de la ayuda el hecho de que el gravamen que están obligados a pagar los operadores de televisión de pago para financiar el régimen de ayudas en favor de RTVE les suponga una desventaja adicional frente a sus competidores, como alega DTS.

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