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Consejo de Gobierno de Aragón

El nuevo Decreto de Justicia Gratuita entrará en vigor el 1 de enero de 2017

10/11/2016
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El nuevo Decreto de Justicia Gratuita, que ha aprobado este martes el Consejo de Gobierno de Aragón, dará más agilidad y eficiencia a este servicio, ha informado el Ejecutivo. Entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

ZARAGOZA, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

Entre las novedades destacan el establecimiento de un nuevo régimen del turno de guardia, la modificación del procedimiento para determinar los gastos de infraestructura y su justificación por parte de los colegios de abogados, además de cambios en la consideración y cálculo de los anticipos.

Se trata de agilizar los pagos de la Asistencia Jurídica Gratuita, adecuarlos a la realidad y establecer un pago mensual de las guardias del turno de oficio, además de aumentar la eficiencia en los gastos derivados de los peritos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, ha recordado que la Comunidad Autónoma asumió las competencias de Justicia el 1 de enero de 2008 y el Ejecutivo aprobó un Decreto sobre Justicia Gratuita en 2014, que está vigente y se modifica al considerar el Gobierno de Javier Lambán que es conveniente "solucionar los problemas que se han venido observando".

PARTICIPACIÓN

El Decreto, que modificará al actualmente vigente, del año 2014, es fruto de un largo trabajo, caracterizado por un proceso importante de participación y con una negociación que se llevó a cabo en un grupo de trabajo entre la Dirección General de Justicia e Interior y los colegios de procuradores y abogados de las tres provincias aragonesas.

Uno de los cambios más relevantes es la aplicación de un nuevo régimen del turno de guardia, que prevé su prestación por los abogados en régimen diario en las capitales de provincia, y semanal retribuido en el resto de partidos judiciales, cambio que, en este último caso, supone derogar el régimen anterior de "asistencia individualizada", donde de no haber detenidos o asistencias no se percibía cantidad alguna.

Este régimen diario en las capitales y semanal en los partidos Judiciales que no correspondan a la capital, permitirá que la liquidación y justificación de los servicios pueda realizarse mensualmente, sin necesidad de anticipos, a la vez que facilita la justificación, su comprobación y la tramitación del pago correspondiente.

Otro cambio importante es el de los gastos de funcionamiento e infraestructura que se ocasionan y su justificación. En este sentido, se modifica el régimen previsto en el Decreto vigente, que contemplaba una compensación económica establecida en una cantidad fija (40,42 euros por cada expediente de reconocimiento de asistencia jurídica gratuita tramitado).

A partir de la entrada en vigor del Decreto, la cantidad a abonar por gastos de infraestructura de los Colegios de Abogados y Procuradores será el importe que resulte de aplicar al total liquidado en cada trimestre por la realización de los turnos de guardia regulados y por las actuaciones profesionales en turno de oficio unos porcentajes por tramos, mediante una liquidación trimestral, con la previsión igualmente de anticipos mensuales de una cantidad estimada anualmente sobre la base del importe de las liquidaciones practicadas por estos conceptos en el último ejercicio liquidado.

PORCENTAJES POR TRAMOS

Los porcentajes por tramos para obtener los gastos de infraestructuras y funcionamiento son el 15 por ciento hasta 100.000 euros; el 12 por ciento entre 100.000 y 200.000 euros; el 10 por ciento entre 200.000 y 400.000; y el ocho por ciento a partir de los 400.000.

A propuesta del Instituto Aragonés de la Mujer, se incorpora otra modificación en relación al establecimiento de medidas de coordinación con los Colegios de Abogados en la prestación de los servicios del turno de guardia para la asistencia a las mujeres víctimas de la violencia de género.

Por otro lado, se introduce otra modificación para facilitar la participación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma en los expedientes de solicitud de justicia gratuita, a propuesta de la Comisión Institucional de las Cortes de Aragón con motivo del debate de la Proposición no de Ley núm. 149/16, sobre participación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma en los expedientes de solicitud de justicia gratuita. Tras conocer el informe emitido por el Consejo General del Poder Judicial, esta modificación se incorpora al artículo 16 del Reglamento.

Tras la publicación en el BOA la modificación del Decreto, en breve aparecerá igualmente publicada la Orden que recoge el Catálogo de Referencia y Bases de Compensación de los Módulos, Servicios y Actuaciones de los profesionales, donde se actualiza el precio de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita, que incluye la mediación y la tramitación del expediente administrativo para asignación de vivienda en el supuesto de procesos de desahucio que afecten a familias en exclusión social.

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