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Retribuciones de la Policía Foral de Navarra

02/11/2016
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Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las retribuciones de la Policía Foral de Navarra con efectos a partir del 1 de noviembre de 2016 (BON de 31 de octubre de 2016). Texto completo.

ORDEN FORAL 185/2016, DE 28 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA, INTERIOR Y JUSTICIA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS RETRIBUCIONES DE LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA CON EFECTOS A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2016.

Por Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, se aprobó el Reglamento de jornadas y retribuciones de la Policía Foral de Navarra.

El artículo 13 de ese Reglamento establece que con posterioridad a la entrada en vigor del mismo “la actualización de los porcentajes asignados a cada puesto de trabajo en concepto de los distintos complementos previstos en los artículos anteriores, será llevada a cabo, previa negociación con los representantes sindicales, mediante Orden Foral por el Consejero o Consejera competente en materia de Interior, quien deberá aplicar, en todo caso, los criterios de valoración contenidos en los Anexos de este Reglamento”.

Por otra parte, el próximo 1 de noviembre de 2016 entrará en vigor el Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, así como diversas Órdenes Forales que desarrollan la organización de ese cuerpo policial a nivel de Brigadas y Grupos.

Esta nueva estructura implica, entre otras cosas, la creación de unidades que no existían hasta la fecha y la reorganización de las unidades ya existentes.

El sistema de retribuciones establecido en la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo Vínculo a legislación, de las Policías de Navarra, y desarrollado por el Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, antes mencionado, hacen necesario aprobar los nuevos complementos de puesto de trabajo que serán aplicables en la Policía Foral de Navarra a partir del próximo 1 de noviembre de 2016.

En consecuencia, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en la materia,

ORDENO:

Artículo único.

Se aprueba la tabla que figura como Anexo a esta Orden Foral, con las puntuaciones y complementos de puesto de trabajo que serán aplicables en Policía Foral a partir del próximo 1 de noviembre de 2016.

Disposición final única.

La presente Orden Foral se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y entrará en vigor el 1 de noviembre de 2016.

Anexos

Omitidos.

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