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Normas de cierre del ejercicio 2016

02/11/2016
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Resolución de 19/10/2016, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se aprueban las normas de cierre del ejercicio 2016 (DOCM de 31 de octubre de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19/10/2016, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE CIERRE DEL EJERCICIO 2016.

El artículo 75.2 de las Bases de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2016 faculta al Vicerrectorado de Economía y Planificación para dictar las normas de cierre del ejercicio en orden a asegurar la adecuada imputación de resultados.

Con el fin de registrar contablemente y de forma adecuada los gastos correspondientes al ejercicio 2016 así como para agilizar las actividades dirigidas a la apertura del ejercicio 2017, se dictan las presentes normas de cierre que regulan las condiciones y plazos para el registro y contabilización de operaciones durante las últimas semanas del año 2016, así como los procedimientos a seguir en las primeras semanas del nuevo ejercicio 2017, por todo lo cual dispongo:

Primero. Facturas (registro, inventario y contabilidad).

Todas las facturas correspondientes a gastos realizados y facturados en el ejercicio 2016 deberán tener entrada en la UCLM antes del día 31 de diciembre de 2016; las oficinas contables deberán reconocer la obligación de dichas facturas (incluyendo el inventario, en su caso) con cargo al ejercicio 2016 como máximo hasta el día 16 de enero de 2017. No obstante, aquellas que entren por FACE o registro administrativo hasta el día 9 de enero de 2017 y tengan fecha del año 2016 o anteriores, se imputarán al ejercicio 2016.

Aquellas facturas del ejercicio 2016 o anteriores que no estén contabilizadas en esa fecha, serán objeto de control y aná- lisis por parte de la Unidad de Control Interno, pudiendo llegar a que el responsable del incumplimiento asuma el pago de las mismas, conforme al procedimiento establecido en el artículo 22.2.b. de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2016.

Segundo. Pagos de retribuciones no periódicas.

De acuerdo con el artículo 37.4 de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2016, las solicitudes de pago de complementos de retribuciones por participación del PAS o PDI en cursos, contratos de investigación o similares, deberá tener entrada en la Unidad de Contabilidad, como fecha límite el día 25 de noviembre. Cualquier solicitud en este sentido que tenga fecha posterior, será tramitada con cargo al ejercicio siguiente.

Tercero. Talones pendientes de cargo.

La lista de talones pendientes de cargo se confeccionará en forma nominativa, con el NIF, domicilio fiscal, importe, concepto económico, referencia, número de expediente y ejercicio presupuestario.

Cuarto. Justificación de tesorería.

Todas las oficinas contables que gestionan Anticipos de Caja mediante Siged Nivel I podrán realizar pagos hasta el día 9 de diciembre de 2016. Las oficinas contables deberán remitir la/s cuenta/s justificativa/s antes del día 19 de diciembre de 2016. Dichas cuentas justificativas deberán ir acompañadas de los Estados de Situación de Tesorería y de Conciliación Bancaria a los que se refiere el artículo 17 de las Normas y Procedimientos de Gestión Económico-Financieras de la UCLM aprobadas por la Junta de Gobierno de 17 de junio de 1997.

Las oficinas contables que hayan recibido fondos mediante más de una orgánica por Siged Nivel I, deberán remitir un desglose del saldo retrotraído al 30 de diciembre de 2016 por orgánica y concepto.

El saldo que presente la tesorería de cada centro de gasto deberá estar compuesto exclusivamente por partidas que correspondan al propio centro, para lo cual:

1.º) Los fondos que se hayan podido percibir de personas físicas o jurídicas distintas de la UCLM, deberán ser remitidos a la cuenta general de ingresos y comunicar a la Unidad de Contabilidad el importe de cada uno de ellos, la persona o personas que efectuaron el ingreso y destino de los mismos.

2.º) Por los fondos recibidos en la tesorería de los centros cuyo origen o destino sean desconocidos, el responsable administrativo de la cuenta deberá remitir los mismos a la cuenta general de ingresos, indicando esta incidencia.

3.º) Los fondos recibidos en la tesorería de centros procedentes de otros centros de la UCLM cuyo destinatario sea distinto del que los reciba, deberán ser devueltos al centro o unidad de origen o al destinatario de los fondos recibidos, si se conoce este dato.

4.º) El saldo de tesorería a 30 de diciembre en las cuentas de los centros deberá estar depurado y sólo podrá corresponder a partidas cuyo titular sea la unidad o centro titular del mismo.

La Dirección del Área Económica retrotraerá los saldos de las cuentas corrientes de todas las oficinas contables con fecha 30 de diciembre de 2016.

Quinto. Tribunales de profesorado y tesis doctorales.

Los servicios económicos centrales librarán fondos para atender gastos de tribunales y tesis doctorales hasta el 25 de noviembre, previa petición de los mismos por parte del centro, no siendo atendida cualquier petición que tenga fecha de entrada posterior a la citada. De existir algún tribunal después de esa fecha, se gestionará por Siged Nivel II.

Antes del día 23 de diciembre se remitirá el saldo resultante después de celebrar dichas actividades, al igual que las correspondientes retenciones a cuenta de IRPF.

Sexto. Inicio de contratos mayores.

Con carácter general, el límite temporal para iniciar contratos mayores con cargo al ejercicio 2016 es el 31 de octubre.

Para aquellos que por motivos excepcionales deban iniciarse con posterioridad a esa fecha, deberán ser autorizados, con carácter previo, por el Vicerrectorado de Economía y Planificación.

La iniciación de un contrato con cargo a créditos del ejercicio 2016 que no llegue a ejecutarse durante el ejercicio no generará derecho a incorporación de remanente salvo casos debidamente justificados y excepcionales, que valorará el Vicerrectorado de Economía y Planificación siempre dentro de los casos y requisitos establecidos en el artículo 31 de las Bases de ejecución del Presupuesto vigente. Se exceptúa de la norma anterior los gastos con cargo a orgánicas con financiación afectada, siempre que la actividad continúe vigente en el siguiente ejercicio y en el mismo cuente con plazo suficiente para la ejecución del contrato dentro del mismo.

La falta de previsión de los plazos marcados por la Ley de Contratos del Sector Público o del tiempo necesario para la realización del objeto del contrato, no serán consideradas causas justificativas de incorporación de remanente.

Séptimo. Inicio de suministros mediante sistemas centralizados.

Las solicitudes de suministros regulados en el artículo 59 de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2016 (equipos o servicios informáticos; sistemas de impresión; mobiliario de aulas, oficinas y de laboratorio; materiales de oficina) que se encuentren recogidos en los sistemas centralizados de adquisiciones (Acuerdos Marco vigentes en la UCLM, Servicio Central de Suministros de la Dirección General de Patrimonio del Estado y Catálogos) podrán realizarse hasta el 31 de octubre.

A partir del 31 de octubre, estos suministros podrán solicitarse sólo en casos excepcionales autorizados, con carácter previo, por el Vicerrectorado de Economía y Planificación, extendiéndose el requisito de autorización previa a aquellos que no se encuentren recogidos en tales sistemas centralizados.

De acuerdo con el artículo 46.6 de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2016, la contratación de obras y la adquisición mobiliario por parte de los Centros, Departamentos y Centros e Institutos de Investigación se realizará a través de la Oficina de Gestión de Infraestructuras, quedando los gastos que conlleven atendidos con cargo a las orgánicas centrales que financian el programa de infraestructuras. El Vicerrectorado de Economía y Planificación podrá autorizar que los Centros, Departamentos y Centros e Institutos de Investigación asuman estos gastos con cargo a sus respectivas orgánicas descentralizadas en casos justificados.

Octavo. Ampliación del plazo de transferencias y adscripciones de crédito.

Con carácter excepcional se autoriza la ampliación de los plazos establecidos en los artículos 29 y 32 de las Bases de ejecución del Presupuesto para la tramitación de transferencias y adscripciones de créditos hasta el día 11 de diciembre de 2016, debiendo tener entrada las solicitudes de modificación en la Unidad de Presupuesto como máximo en dicha fecha. La remisión de los anexos 1 y 2 de dichas modificaciones deberán ser remitidos mediante correo electrónico a la dirección [email protected]. También podrán ser presentadas a través de la nueva aplicación Web de modificaciones disponible en la siguiente dirección. https://intranet.uclm.es/servicios/ gestionEconomica/ModificacionesPresupuestarias En este caso, para entender cumplida la fecha límite establecido al inicio de este párrafo, será considerada la fecha del correo electrónico automático remitido directamente por la aplicación web a la Unidad de Presupuestos tras la firma del anexo 1-2 o del anexo VI de autorización del vicerrector competente, cuando el mismo sea pertinente de acuerdo a la normativa de aplicación.

Noveno. Prescripción de obligaciones.

Por parte de la Unidad de Contabilidad se informará a las oficinas contables que dispongan de obligaciones reconocidas (claves 240 y 410) pendientes de pago de ejercicios 2015 y anteriores, a los efectos de que procedan a cumplimentar el Anexo I adjunto, que deberá ser remitido a la dirección de correo [email protected] antes del 23 de diciembre de 2016, indicando en el asunto: “Prescripción de obligaciones anteriores a 2016” y adjuntando la documentación que justifique en su caso la no posibilidad de pago de la misma.

Las oficinas contables que no tengan obligaciones reconocidas pendientes de pagos de ejercicios 2015 o anteriores, no recibirán información al respecto y no deberán por tanto remitir el Anexo 1.

Por parte del Gerente se emitirá resolución conjunta, a petición de la Unidad de Contabilidad para aquellas obligaciones reconocidas de ejercicios anteriores al 2016 que deban ser anuladas por prescripción u otras causas, procediendo los servicios económicos centrales a dar dichas operaciones como pagadas por anulación de obligaciones de cerrados en las aplicaciones contables.

Décimo. Primera remesa de fondos.

A partir del día 16 de enero de 2017 los servicios económicos centrales remesarán fondos por importe de hasta el 7% del presupuesto aprobado para el ejercicio 2017, o en su caso del presupuesto 2016 prorrogado del año anterior, con el fin de atender gastos corrientes y siempre que lo permita la situación de la tesorería. Estos fondos sólo podrán ser utilizados para atender gastos generales en el ejercicio 2017 y en ningún caso para atender gastos del ejercicio anterior, siendo responsabilidad del director de cada oficina o unidad la correcta aplicación de los mismos.

Décimo primero. Incorporación de remanentes de costes indirectos.

De acuerdo con el artículo 31.5 de las Bases de ejecución del Presupuesto, los remanentes de las orgánicas diferenciadas de costes indirectos de Departamentos y Centros e Institutos de Investigación (suborgánicas 00421C y 01160C) no podrán ser objeto de incorporación al ejercicio siguiente, salvo en los siguientes supuestos:

Que estén comprometidos para atender contrataciones de personal laboral temporal para el apoyo a tareas de investigación en la forma que se refiere la Disposición Adicional Primera de las Bases de ejecución del Presupuesto del ejercicio 2016. El plazo máximo para comunicar a la Unidad de Gestión de Investigación la solicitud de estas contrataciones o prórrogas de personal será el 31 de octubre de 2016.

Que estén autorizados o comprometidos en el ámbito de contratos mayores para la adquisición de bienes inventariables iniciados conforme al punto sexto.

Las normas contenidas en la presente resolución serán de inmediata aplicación, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Universidad de Castilla-La Mancha.

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