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  • EDICIÓN DE 31/10/2016
 
 

Nuevas funcionalidades a implementar en la aplicación informática Dulcinea

31/10/2016
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Resolución de 20/10/2016, de la Secretaría General, por la que se delegan competencias, para la contratación relativa al análisis y desarrollo de las nuevas funcionalidades a implementar en la aplicación informática Dulcinea, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha: Módulo de explotación de datos y estadísticas con especial atención a los datos de Fondo Social Europeo del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha (DOCM de 28 de octubre de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20/10/2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS, PARA LA CONTRATACIÓN RELATIVA AL ANÁLISIS Y DESARROLLO DE LAS NUEVAS FUNCIONALIDADES A IMPLEMENTAR EN LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DULCINEA, DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA: MÓDULO DE EXPLOTACIÓN DE DATOS Y ESTADÍSTICAS CON ESPECIAL ATENCIÓN A LOS DATOS DE FONDO SOCIAL EUROPEO DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto 86/2015 Vínculo a legislación, de 14/07/2015, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento (modificado por Decreto 202/2015 de 15/09/2015), es la norma prima de organización de la Consejería y de distribución de competencias de la misma. Es su titular el órgano de contratación de la Consejería; correspondiendo, en particular, el ejercicio de las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación sobre contratación administrativa a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Fomento hasta el límite cuantitativo de 500.000,00 € de conformidad con el artículo 5 letra h) del citado Decreto, en relación con el artículo 20. a) de la Ley 1/2016, de 22 de abril Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha para 2016.

El artículo 10.1 Vínculo a legislación letra d) del Decreto 86/2015, de 14/07/2015, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento, establece que la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías de la Consejería de Fomento es el órgano central competente para “La dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a excepción del Organismo Pagador de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la Consejería de Agricultura. Quedan incluidos los organismos autónomos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, salvo el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de la necesaria supervisión de esta Dirección General.” El artículo 9 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.

El objetivo de la presente resolución es hacer uso de la delegación de competencias legalmente prevista, en aras de una optimización de recursos y una mayor celeridad en la toma de decisiones.

En virtud de lo anterior, esta Secretaría General resuelve:

Primero. Delegar a la persona titular de la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla- La Mancha, el ejercicio de las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, para la tramitación de la contratación relativa al análisis y desarrollo de las nuevas funcionalidades a implementar en la aplicación informática Dulcinea, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha: módulo de explotación de datos y estadísticas con especial atención a los datos de Fondo Social Europeo del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

Segundo. Las resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, así como la fecha de la firma y publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, considerándose, en todo caso, dictadas por el órgano delegante, de conformidad con el apartado 4 del artículo 9 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Tercero. La presente Resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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