Diario del Derecho. Edición de 06/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/10/2016
 
 

TJUE

El TJUE dice que España cesó de forma ilegal al expresidente y un exconsejero de la CMT al crear la CNMC

20/10/2016
Compartir: 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que el cese de un expresidente y un exconsejero de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) con motivo de la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) fue contrario a la legislación comunitaria.

BRUSELAS 19 (EUROPA PRESS)

El tribunal europeo responderá así a una cuestión prejudicial solicitada por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo (TS) tras la denuncia del expresidente de la CMT Bernardo Lorenzo y del exconsejero del mismo organismo Xabier Ormaetxea acerca de sus ceses.

En la sentencia, el TJUE declara en primer lugar que la normativa europea no se opone a la fusión de autoridades nacionales de reglamentación. Sin embargo, dictamina también que es contrario al derecho comunitario el cese del presidente y de un consejero antes de la finalización de su mandato "sin que estén previstas disposiciones que permitan garantizar que el cese no menoscaba la independencia de dicha autoridad".

El cese de Lorenzo y Ormaetxea, señala el tribunal, fue provocado por la "reforma institucional", puesto que se produjo antes de la finalización de los mandatos, de forma anticipada y por motivos distintos a los previstos en la ley.

Así, el TJUE estipula que la legislación comunitaria se opone al cese anticipado de mandatos debido únicamente a una reforma institucional "en la medida en que no están previstas normas que garantizan que el cese no menoscaba la independencia y la imparcialidad de dicha autoridad".

La justicia europea explica que la legislación comunitaria no se opone a la fusión de autoridades nacionales de reglamentación con la condición de que se respeten los requisitos y garantías necesarios, así como que "incumbe al órgano jurisdiccional remitente comprobar que el organismo cumple las condiciones establecidas por la directiva marco de competencia, independencia, imparcialidad y transparencia".

Además, el TJUE indica que los países de la UE deben velar por que los miembros de un órgano sólo puedan ser cesados en caso de que dejen de cumplir las condiciones requeridas para el ejercicio de sus funciones.

Por ello, subraya que deben establecerse desde el inicio las normas que detallen los motivos de cese del responsable de una autoridad nacional de regulación con el objetivo de "disipar cualquier duda razonable en cuanto a la neutralidad de este organismo y su impermeabilidad a factores externos".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana