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El Supremo revisa hoy la condena a los anarquistas que atentaron contra el Pilar de Zaragoza

19/10/2016
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Ambos recurren su condena a 12 años de cárcel y también se revisa la reclamación de la víctima

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo revisará hoy miércoles en vista pública la condena de 12 años de cárcel impuesta el pasado mes de marzo por la Audiencia Nacional a cada uno de los miembros del matrimonio formado por los anarquistas chilenos Francisco Solar, alias 'Cariñoso', y Mónica Caballero, 'Moniquita', por delitos de lesiones terroristas y daños terroristas cometidos al colocar un artefacto explosivo en la Basílica del Pilar de Zaragoza el 2 de octubre de 2013.

La explosión causó heridas a una feligresa y afectó al patrimonio histórico y artístico de los bancos y la zona del coro o la sillería.

Además de las peticiones de absolución de los dos condenados se revisará el recurso de la víctima, que pese a ser indemnizada por las heridas no obtuvo en la sentencia de la Audiencia Nacional los 80.000 euros que había solicitado por daños morales, han señalado fuentes jurídicas.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal absolvió a Solar y Caballero de los delitos de pertenencia a organización terrorista y conspiración para cometer estragos terroristas, al considerar que no ha quedado probado que pertenecieran a la organización anarquista insurreccionalista FAI-FRI y que intentaran también atentar contra el Monasterio de Montserrat de Barcelona.

"MUERTE AL ESTADO" GRITARON EN EL JUICIO

Los acusados, que aprovecharon el turno de última palabra para finalizar el juicio con el alegato "muerte al Estado" y "viva la anarquía", se enfrentaban cada uno de ellos a una petición fiscal de 44 años de prisión. Los magistrados les han impuesto el pago de una indemnización de 22.775 euros a la mujer herida y de 182.601 euros al Cabildo de Zaragoza.

Los magistrados de la Audiencia Naiconal Ángela Murillo, Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel consideraron acreditado que 'Cariñoso' y 'Moniquita' decidieron atentar contra la Basílica del Pilar, "como una de los símbolos del Estado", actuando de manera "autónoma" y "sin que conste que estuvieran integrados en algún grupo de afinidad de FAI/FRI".

Para ello, se desplazaron desde Barcelona a Zaragoza, donde procedieron a colocar en la nave central del templo un artefacto explosivo, compuesto por una bombona de gas y dos kilos de pólvora negra, cuya deflagración produjo heridas a la mujer -- que quedó en una situación de incapacidad permanente parcial-- y se produjo en un momento en el que medio centenar de turistas norteamericanos visitaban en espacio.

La acción fue avisada minutos antes en una llamada telefónica efectuada a un centro de estética cercano, cuya propietaria consideró que la noticia "no era creíble" y no la transmitió a las Fuerzas de Seguridad.

Tanto el hombre como la mujer fueron grabados por cámaras de videovigilancia colocadas frente a la Basílica y en la estación de autobuses con prendas similares a las encontradas en su domicilio de Barcelona, registrado el 12 de noviembre de 2013.

Los jueces no consideran probado que hubieran decidido ejecutar actos dirigidos a atentar en Montserrat y descartan el delito de estragos porque la bomba del Pilar "carecía de potencia destructiva", era de "gran simplicidad" y fabricación casera.

La sentencia de la Audiencia tuvo muy en cuenta el dictamen de los peritos que dijeron que FAI/FRI era "una organización a nivel mundial carente de organización". "Si se considerasen organizaciones terroristas, serían tan defectuosas, incapaces y objetivamente disfuncionales que ni siquiera tendrían relevancia penal".

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