Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/10/2016
 
 

Estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía

10/10/2016
Compartir: 

Orden INT/1612/2016, de 30 de septiembre, por la que se modifica la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía (BOE de 8 de octubre de 2016). Texto completo.

ORDEN INT/1612/2016, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN INT/28/2013, DE 18 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DE LOS SERVICIOS CENTRALES Y PERIFÉRICOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA.

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo Vínculo a legislación, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye a la Policía Nacional la expedición y gestión del documento nacional de identidad y de los pasaportes, así como las funciones previstas en la legislación de extranjería, entre otras, las relacionadas con la identificación de los ciudadanos extranjeros.

Por ello, y al objeto de acercar a los ciudadanos españoles y extranjeros las oficinas de expedición de la documentación personal, se hace preciso crear unas nuevas Unidades de Extranjería y Documentación en las localidades de Eibar (Guipúzcoa), Huércal-Overa (Almería), Majadahonda (Madrid) y Valdemoro (Madrid).

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.

En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirán las Unidades de Extranjería y Documentación de Eibar (Guipúzcoa), Huércal-Overa (Almería), Majadahonda (Madrid) y Valdemoro (Madrid), cuyos órganos de adscripción serán los que figuran en el referido anexo, quedando redactado de la siguiente forma:

Omitido.

Disposición adicional única. Gasto público.

La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público en materia de gastos de personal.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana