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  • EDICIÓN DE 30/09/2016
 
 

TSJCV

El TSJCV deja sin efecto la medida cautelar que permitía a alumnos de la Católica hacer prácticas en hospitales públicos

30/09/2016
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La sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado un auto en el que acuerda dejar sin efecto la medida cautelar que permitía, frente a una resolución previa de la Conselleria de Sanidad, a los alumnos de la rama sanitaria de la Universidad Católica de Valencia hacer prácticas en hospitales públicos.

VALENCIA, 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que cabe recurso, en el que acuerda estimar el recurso interpuesto por la Abogacía de la Generalitat contra una decisión dictada en agosto por la sala de vacaciones, en una pieza separada, y por la que suspendió cautelarmente la decisión de la Conselleria de Sanidad que limitaba la realización de prácticas universitarias a los estudiantes de la rama sanitaria de la Universidad Católica de Valencia en los centros sanitarios de la red pública, sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

La sala señala que no puede "obviar" una reciente resolución de este mismo mes --23 de septiembre, en concreto-- en la que inadmitió, por el cauce procedimental de vulneración de derechos fundamentales, el recurso interpuesto en los autos principales, del que parte esta pieza, y por este motivo, en "congruencia" con esa declaración, "no cabe más" que aceptar la alegación de la Generalitat y "dejar sin efecto la medida cautelar de suspensión acordada".

En agosto, la sala suspendió cautelarmente la decisión de la Conselleria de Sanidad que impedía la realización de esas prácticas en los centros públicos al considerar que, de haber una sentencia favorable, podrían producirse "situaciones jurídicas irreversibles o de difícil restablecimiento" dada la inmediatez del inicio del curso académico 2016-2017 y la necesidad de prepararlo y diseñarlo.

Sin embargo, con posterioridad, en este mes, la misma sección de la sala inadmitió el recurso interpuesto por la Católica porque acudió a la vía de protección de los derechos fundamentales, un procedimiento que para el tribunal resulta "improcedente" porque consideró que la actuación impugnada en ningún caso resulta "discriminatoria" ni compromete el derecho a la igualdad. La sala estimó que estas son cuestiones más propias de la legalidad ordinaria.

La Generalitat había argumentado, entre otras cuestiones, que mantener la medida cautelar implicaba un "incumplimiento flagrante" de la ley de incompatibilidades para los funcionarios, que los convenios con la Católica no estaban vigentes, negaba la existencia de una vía de hecho y que había una incongruencia entre lo pedido por el centro y lo acordado por el tribunal. La universidad se opuso a estas alegaciones.

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