Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/09/2016
 
 

Captura, tenencia y cría de aves fringílidas

30/09/2016
Compartir: 

Orden 28/2016, de 21 de septiembre, por la cual se modifica la Orden 20/2016, de 28 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la cual se autoriza, con carácter excepcional, la captura, tenencia y cría de aves fringílidas para la participación en los concursos de canto (DOCV de 29 de septiembre de 2016). Texto completo.

ORDEN 28/2016, DE 21 DE SEPTIEMBRE, POR LA CUAL SE MODIFICA LA ORDEN 20/2016, DE 28 DE JULIO, DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL, POR LA CUAL SE AUTORIZA, CON CARÁCTER EXCEPCIONAL, LA CAPTURA, TENENCIA Y CRÍA DE AVES FRINGÍLIDAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS CONCURSOS DE CANTO.

La Orden 20/2016, de 28 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, regula el procedimiento mediante el cual se podrá autorizar, con carácter excepcional, la captura, tenencia y cría de aves fringílidas para la participación en los concursos de canto. A pesar de que durante la tramitación de la mencionada orden se siguieron los trámites procedimentales legalmente establecidos, se han detectado algunos aspectos puntuales que fueron objeto de observaciones a lo largo del mencionado procedimiento y que, a pesar de no alterar de forma sustancial el alcance y contenido de la disposición, es necesaria su modificación. En concreto, y siguiendo lo indicado al respecto por parte del Consell Jurídic Consultiu, se ha considerado oportuno suprimir la disposición final primera, relativa a las normas de aplicación. Igualmente, y por razones de operatividad, se ha considerado conveniente corregir el período anual de captura, sin que esta corrección implique un incremento de los días en que podrá llevarse a cabo esta captura.

De acuerdo con lo anterior, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas, ORDENO

Artículo 1

Se modifica el párrafo cuarto del artículo 5 de la Orden 20/2016, de 28 de julio, relativo a los días de captura, que quedará redactado como sigue:

“El período de captura queda limitado a los días: agosto, los días 6, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 27, 28, 29 y 31; septiembre, los días 3 y 4; octubre, todo el mes; y noviembre, los días 1, 5, 6, 12, 13, 19 y 20”.

Artículo 2

Se suprime la disposición final primera de la Orden 20/2016, de 28 de julio.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana