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  • EDICIÓN DE 23/11/2016
 
 

Premio Manuel Colmeiro

23/11/2016
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Se convoca el Premio Manuel Colmeiro en su decimonovena edición, para trabajos de investigación y estudio sobre la Administración pública de Galicia, desde una perspectiva jurídica, sociológica o económica. El plazo de presentación de trabajos será desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2016.

BASES:

Primera

Podrán presentarse al premio los trabajos de investigación, inéditos y escritos en lengua gallega. Los trabajos podrán versar sobre la organización, estructura, función y ámbitos competenciales de la Administración pública de Galicia, pudiendo abordar la investigación desde cualquier perspectiva.

Los trabajos tendrán que ser inéditos, entendiendo por tal que no hayan sido objeto de divulgación o publicación en los términos de la legislación de propiedad intelectual. No se considerarán inéditos aquellos que hayan sido publicados, divulgados o puestos a disposición del público, mediante medios telemáticos, ya sea internet u otras redes.

La concesión de los premios se regirá por estas bases, por la Ley 9/2007, de 13 de junio Vínculo a legislación, de subvenciones de Galicia; por el Decreto 11/2009, de 8 de enero Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y, subsidiariamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones, así como el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación, por lo que se aprueba el Reglamento general de subvenciones.

Segunda

Podrán participar en esta convocatoria tanto las personas individuales como los grupos de trabajo formados al efecto. En este último caso, se acreditará la persona física responsable de la dirección del grupo y el porcentaje de participación de cada integrante del grupo en el trabajo presentado.

En todo caso, todas las actividades desarrolladas en el marco de esta convocatoria garantizarán la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, eliminando cualquier tipo de discriminación directa o indirecta y fomentando la conciliación.

No podrán acceder a estos premios los participantes que se encuentren afectados por alguna de las circunstancias prevista en los artículo 10.2 Vínculo a legislación y 10.3 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Tercera

La dotación económica del premio es de euros 3.500 euros, que estará sujeta a la correspondiente retención fiscal, y se abonará con cargo a la dotación prevista en la partida 05.80.122B.4800 de los presupuestos de la EGAP para 2016. También se le entregará a la persona o grupo ganadora un diploma acreditativo de tal condición.

Cuarta

Los trabajos serán originales, inéditos y no premiados con anterioridad. Se presentarán en formato A4, mecanografiados a doble espacio con una extensión mínima de 100 páginas.

Quinta

1. El plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2016.

2. La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por vía electrónica, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en los artículos 27.6 Vínculo a legislación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de la misma. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).

3. La solicitud (anexo I), que deberá ser firmada electrónicamente por la persona que se responsabilice de la dirección del grupo, en su caso, irá acompañada de los trabajos.

Los trabajos se presentarán electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantirán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante.

La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 Vínculo a legislación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de la misma dependientes.

En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante superase los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización al órgano gestor para solicitar las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, según lo establecido en el artículo 20.3 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, en cuyo caso deberá presentar las certificaciones en los términos previstos reglamentariamente.

5. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Sexta

El examen de los trabajos presentados y, en su caso, la propuesta de adjudicación del premio le corresponderá a un jurado especial, que estará compuesto por cinco personas de reconocido prestigio en el ámbito académico y de la Administración pública, nombrados por el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia. La composición nominal del jurado se anunciará en la página web de la EGAP.

En la evaluación de los trabajos el jurado tendrá en cuenta el rigor científico y su calidad.

Si el jurado lo considera oportuno, podrá declarar el premio desierto.

Séptima

La decisión del jurado será inapelable. La adjudicación del premio se realizará mediante resolución de la directora de la EGAP, de acuerdo con la propuesta del jurado, publicándose posteriormente en el Diario Oficial de Galicia.

La entrega del premio se realizará en un acto público que se celebrará en la EGAP en la fecha que se comunicará oportunamente.

Octava

1. La presentación de la solicitud y del trabajo implica el conocimiento y la aceptación de estas bases reguladoras.

2. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Decreto 132/2006, de 27 de julio, de creación de los registros de ayudas, subvenciones, conve- nios y de sanciones de la Xunta de Galicia, la persona o personas que presente el trabajo consentirán expresamente la inclusión y publicidad de los datos relevantes referidos al premio, así como las sanciones impuestas, si hubiera lugar, en dicho registro, hecho que tendrá lugar excepto en los supuestos legalmente establecidos; todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de protección de datos de carácter personal, y en la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo Vínculo a legislación, por la que se regula la protección civil del derecho a la honra, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

3. De conformidad con el artículo 17.2 Vínculo a legislación de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y de buen gobierno en la Administración pública gallega, la Escuela Gallega de Administración Pública publicará en su página web oficial el texto íntegro de la convocatoria y la concesión del premio, por lo que la presentación lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de los beneficiarios y su publicación en la citada página web, con las excepciones previstas en las leyes. Dicha autorización se extiende a la cesión de sus datos personales a la entidad financiera en que se abone el pago del premio, al Diario Oficial de Galicia y las demás cesiones previstas en la ley.

Novena

1. La presentación a este premio implicará, en el caso de ser galardonado, la cesión por el autor de los derechos de edición, uso y explotación en favor de la EGAP durante un período de tres años a contar desde el día de la publicación de la decisión del jurado. La compensación económica por los derechos de explotación que le pudiera corresponder al autor se considerará incluida en la dotación del premio.

2. Los trabajos no premiados serán devueltos a sus autores, previa petición expresa de ellos en el plazo de tres meses siguientes a la fecha en que les sea notificada la decisión del jurado. Transcurrido dicho plazo sin que se solicite la devolución, se podrá proceder a su destrucción.

Décima

El incumplimiento de los deberes contenidos en estas bases reguladoras o en la demás normativa aplicable, dará lugar al deber de devolver total o parcialmente la cantidad recibida, así como los intereses de demora correspondientes.

Para hacer efectiva la devolución a que se refiere el número anterior se tramitará el oportuno procedimiento de reintegro, que se ajustará a lo previsto en el título II de la Ley 9/2007, de 13 de junio Vínculo a legislación, de subvenciones de Galicia, y a sus normas de desarrollo.

Undécima

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre Vínculo a legislación, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación autoricen las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado: solicitantes de subvenciones, cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Escuela Gallega de Administración Pública. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: EGAP, calle Madrid, 2-4, 15707 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a [email protected] Decimosegunda Esta resolución ponen fin a la vía administrativa y podrá ser impugnada en reposición ante lo mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, cabe la interposición directa de recurso contencioso- administrativo ante los juzgados de esa jurisdicción que resulten competentes, en el plazo de dos (2) meses a contar también a partir del día siguiente al de la publicación de este acto en el Diario Oficial de Galicia.

Decimotercera

En cumplimiento del dispuesto en el artículo 20 Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el texto de la convocatoria y la información requerida en el ordinal octavo del dicho artículo será comunicado a la Base de datos nacional de subvención (BDNS). La BDNS dará traslado al Diario Oficial de Galicia del extracto de la convocatoria para su publicación.

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