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Juzgado de lo Social número cuatro

Una sentencia señala la "reducción salarial indirecta" acometida en Tussam

01/09/2016
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El Juzgado de lo Social número cuatro ha zanjado que la ampliación de la jornada laboral a 37,5 horas semanales en la sociedad Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam), participada en solitario por el Ayuntamiento hispalense, fue una "reducción salarial indirecta".

SEVILLA, 31 Ago. (EUROPA PRESS) -

Así, y respecto a la "recuperación" de las "aportaciones" o esfuerzos de la plantilla para el plan de mejora económica y financiera aprobado en 2012, el juzgado condena a Tussam a restituir las retribuciones "tomando como referencia las tablas (salariales) de 2011 y el abono de la prima de mejora continua", a la que habían renunciado los trabajadores.

En su sentencia, fechada el pasado 27 de julio y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial da cuenta del conflicto colectivo promovido por la sección de la CGT en la sociedad municipal Tussam, contra la empresa en cuestión y el resto de secciones sindicales de la misma, en cuanto al cálculo de la "recuperación" de las "aportaciones", es decir sacrificios o esfuerzos de la plantilla, en el marco del plan de mejora económico y financiera promovido en la empresa allá por 2012.

En concreto, el conflicto colectivo impulsado por CGT demandaba que en el cálculo de la recuperación de tales aportaciones o esfuerzos de la plantilla, figurase la ampliación de la jornada laboral a un total de 37,5 horas semanales y la renuncia al cobro de la prima de calidad de servicio.

El objeto del litigio, según la sentencia, era así "dilucidar si el aumento de la jornada laboral a 37,5 horas semanales (..) conlleva un mayor sacrificio para los trabajadores y si se aplica lo dispuesto en el punto 2.9 de la disposición transitoria 14 del convenio colectivo", según el cual "en caso de que el Ayuntamiento (socio único de Tussam) no cumpliese alguno de los compromisos económicos recogidos en el plan de mejora económico y financiera aprobado en febrero de 2012, la empresa abonará íntegramente las cantidades aportadas por los trabajadores" a dicho plan de mejora.

A tal efecto, la sentencia da cuenta de que el punto 2.8 de la disposición transitoria 14 del convenio colectivo determina, de su lado, que "si entre 2012 y 2016 se aprobase una normativa presupuestaria que implicará una reducción salarial superior a la contenida en este convenio, el importe de todos los conceptos retributivos sobre los que se aplicará el correspondiente porcentaje de reducción será el bruto anual efectivamente devengado durante el año 2011". "Es decir, el salario de referencia seguirá siendo, a estos efectos, el del año 2011", resume este fragmento del convenio colectivo.

REDUCCIÓN SALARIAL "INDIRECTA"

Al respecto, argumenta el juzgado que "el aumento de jornada, aunque amparado legalmente, constituye un sacrificio para los trabajadores, dado que ven mermado su tiempo libre, debiendo trabajar más horas, si bien por la misma retribución". "La reducción salarial se produce porque trabajando 2,5 horas más, tienen que percibir el mismo salario que cuando realizaban 35 horas", explica la sentencia, según la cual "no existe una reducción salarial directa, pero sí indirecta".

"La empresa debió dar cumplimiento a lo establecido en la norma convencional y restituir las retribuciones tomando como referencia las tablas del año 2011 y el abono de la prima de mejora continua", zanja la sentencia.

Dado el caso, el Juzgado de lo Social número cuatro considera que procede "aplicar la consecuencia jurídica" del punto 2.9 de la disposición transitoria 14 del convenio colectivo, sobre "la recuperación de la aportación" económica de los trabajadores al plan de mejora de esta empresa pública.

Así, la demanda de la sección de CGT en Tussam es admitida y el juzgado condena a Tussam "al cumplimiento de lo establecido en el convenio colectivo, debiendo restituir las retribuciones (es decir las aportaciones) tomando como referencia las tablas del año 2011 y el abono de la prima de mejora continua". Las centrales sindicales demandadas por CGT quedan absueltas de esta demanda por "falta de legitimación pasiva".

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