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Protocolo de acreditación de centros, servicios y establecimientos sanitarios privados de atención al drogodependiente

16/08/2016
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Orden de 2 de agosto de 2016 de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el protocolo de acreditación de centros, servicios y establecimientos sanitarios privados de atención al drogodependiente en la Región de Murcia (BORM de 12 de agosto de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE AGOSTO DE 2016 DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROTOCOLO DE ACREDITACIÓN DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS PRIVADOS DE ATENCIÓN AL DROGODEPENDIENTE EN LA REGIÓN DE MURCIA.

El Decreto 9/2010, de 12 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regula la acreditación de los Centros, Establecimientos y Servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se crea la Comisión Regional de Acreditación de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios y se modifica el Decreto 73/2004, de 2 de julio Vínculo a legislación, por el que se regula el procedimiento de autorización sanitaria de los centros, establecimientos y servicios sanitarios y el registro de recursos sanitarios regionales” dispone en su artículo 5.1:

De conformidad con la habilitación normativa efectuada por la Disposición Final Segunda de la Ley 13/2009, de 23 de diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010, la Consejería de Sanidad, a propuesta de la Comisión Regional de Acreditación de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios, aprobará y publicará, mediante Orden de su titular, los criterios y estándares del modelo de acreditación, que deberán ser homologables con los establecidos a nivel estatal y europeo.

La Comisión Regional de Acreditación de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios en su reunión de 15 de octubre de 2014 estudió el protocolo de Acreditación de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de Atención al Drogodependiente y aprobó su versión final, tanto para los establecimientos públicos como privados, que es sustancialmente la misma.

A la vista de lo anterior, y una vez aprobada la Orden de fecha 26 de enero de 2015 de la Consejería de Sanidad, por la que se procede a la aprobación del protocolo respecto a los establecimientos del sector público de la Región de Murcia, de Atención al Drogodependiente, la persona titular de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano ha propuesto que, tras seguir la tramitación reglamentaria, se dicte nueva Orden de esta Consejería de aprobación del protocolo respecto a los establecimientos privados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En cumplimiento del trámite de audiencia, el texto ha sido remitido de manera individualizada a todas las entidades titulares de centros privados con oferta sanitaria de atención a drogodependientes que se encuentran inscritas en el registro de recursos sanitarios regionales; además, hay que indicar que el Consejo de Salud de la Región de Murcia, en su condición de máximo órgano de consulta y participación de la Sanidad Regional, ha emitido informe favorable al texto propuesto.

Por todo ello, vista la propuesta de Orden efectuada por la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia y en virtud del artículo 16 de la ley 7/2004, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo único. Aprobación del protocolo.

Se aprueba el Protocolo para la acreditación de centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de atención al drogodependiente en la Región de Murcia, que se recoge como Anexo a la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Anexos

Omitidos.

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