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Comisión de Nóminas

03/08/2016
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Decreto 93/2016, de 21 de julio, por el que se regula la Comisión de Nóminas (DOG de 2 de agosto de 2016). Texto completo.

El Decreto 93/2016 tiene por objeto regular la Comisión de Nóminas creada por Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 3 de marzo de 2000.

La Comisión de Nóminas es el órgano colegiado encargado de coordinar las actuaciones necesarias para la elaboración de las nóminas del personal del sector público autonómico por los órganos competentes de la Administración general y de las entidades instrumentales que regula la Ley 16/2010, de 17 de diciembre Vínculo a legislación, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

DECRETO 93/2016, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA COMISIÓN DE NÓMINAS.

El Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 3 de marzo de 2000 creó la Comisión de Nóminas como órgano colegiado encargado de coordinar las actuaciones necesarias para la elaboración por los órganos competentes de las nóminas del personal al servicio de las consellerías y organismos autónomos de la Xunta de Galicia.

Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde su creación, es necesario actualizar las referencias normativas, la denominación de las entidades del sector público autonómico y los departamentos representados en la comisión, así como su composición, de conformidad con la estructura administrativa vigente.

Por otra parte, se eleva el rango normativo de su regulación, de conformidad con el artículo 15 Vínculo a legislación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, así como con la práctica habitual en la Administración autonómica en la creación y regulación de órganos colegiados.

De conformidad con lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero Vínculo a legislación, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta del conselleiro de Hacienda, y después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de julio de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

El presente Decreto tiene por objeto regular la Comisión de Nóminas creada por Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 3 de marzo de 2000.

Artículo 2. Ámbito de aplicación

La Comisión de Nóminas es el órgano colegiado encargado de coordinar las actuaciones necesarias para la elaboración de las nóminas del personal del sector público autonómico por los órganos competentes de la Administración general y de las entidades instrumentales que regula la Ley 16/2010, de 17 de diciembre Vínculo a legislación, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, así como de los órganos estatutarios, de acuerdo con el previsto en este decreto.

Estarán incluidos en su ámbito de aplicación y, por lo tanto, afectados por las decisiones y actuaciones de la Comisión de Nóminas, además de la Administración general de la Comunidad Autónoma, las entidades instrumentales que regula la Ley 16/2010, de 17 de diciembre Vínculo a legislación, y los órganos estatutarios cuando el pago de las nóminas de su personal se instrumente a través del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (Cixtec).

Artículo 3. Composición

La Comisión de Nóminas estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Un presidente que será el titular de la Secretaría General Técnica de la consellería competente en materia de hacienda.

b) Vocales:

- Dos representantes designados por el titular de la Secretaría General Técnica de la consellería competente en materia de hacienda.

- Un representante designado por el titular de la Intervención General de la Comunidad Autónoma.

- Un representante designado por el titular de la Dirección General de Planificación y Presupuestos.

- Un representante designado por el titular de la Dirección General de la Función Pública

- Un representante designado por el titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

- Dos representantes designados por el titular de la Dirección del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (Cixtec).

- Un representante designado por el titular de la consellería competente en materia de justicia.

- Un representante designado por el titular de la consellería competente en materia de educación y ordenación universitaria.

- Un representante designado por el titular de la consellería competente en materia de sanidad.

- Un representante designado por el titular de la consellería competente en materia de política social.

- Un representante designado por el titular de la Asesoría Jurídica General de la Comunidad Autónoma.

c) Un secretario que será la persona que elija la comisión de entre los dos representantes designados por el titular de la Secretaría General Técnica de la consellería competente en materia de hacienda.

Artículo 4. Funciones

Le corresponde a la Comisión de Nóminas el ejercicio de las siguientes funciones:

a) La elaboración de las propuestas de disposiciones necesarias en materia de nóminas de retribuciones y cotización del personal señalado en el apartado primero.

b) La adopción de criterios uniformes sobre la aplicación de la normativa vigente que incida en la elaboración de las nóminas de retribuciones y cotización de dicho personal.

c) La elaboración de los informes que procedan sobre las consultas que sometan a su consideración los órganos competentes en materia de elaboración y pagos de nóminas.

d) Actuar como órgano de coordinación con el Cixtec en la elaboración de las nóminas de retribuciones y cotización del personal señalado en el apartado primero.

Artículo 5. Adscripción

La Comisión de Nóminas se adscribe a la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda.

Artículo 6. Normativa aplicable

La Comisión de Nóminas se regirá en su funcionamiento por lo dispuesto para los órganos colegiados en los artículos 14 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto.

En particular, quedará sin efecto la regulación sobre la Comisión de Nóminas contenida en el citado Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 3 de marzo de 2000.

Disposición final primera. Habilitación normativa

Se faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de hacienda para dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarios para el desarrollo y la ejecución de lo previsto en este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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