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Plan General de la Inspección General de Servicios para el año 2016

27/07/2016
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Acuerdo de 19 de julio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios para el año 2016 (BOJA de 26 de julio de 2016). Texto completo.

ACUERDO DE 19 DE JULIO DE 2016, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PARA EL AÑO 2016.

La Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía es el órgano especializado que ejerce funciones de inspección, con facultades de actuación directa así, como de asesoramiento y colaboración en las materias de su competencia, para velar por el cumplimiento de la normativa vigente y comprobar su actuación conforme a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre Vínculo a legislación.

El artículo 9 de dicho Reglamento, le atribuye también funciones en el ámbito de los procedimientos administrativos, para la comprobación de que los mismos se ajustan a las disposiciones legales vigentes, para lo que podrá comprobar la aplicación de los principios generales del procedimiento administrativo y de la actuación administrativa, con propuestas en su caso, de medidas de racionalización y de agilización de los diversos procedimientos y trámites. El artículo 10 por su parte, le asigna competencias y funciones en materia de organización administrativa, en concreto, le atribuye las funciones de información y análisis sobre los niveles de distribución, eficacia y adecuación del personal adscrito a los distintos departamentos, unidades y dependencias, así como la vigilancia del adecuado y eficaz funcionamiento de todos los servicios de la Administración de la Junta de Andalucía, proponiendo en su caso, la adopción de medidas tendentes a subsanar las deficiencias que se adviertan para un mejor funcionamiento de dichos servicios.

El Plan General de Inspección se configura como el instrumento de planificación anual de la actividad de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, en lo que concierne a las actuaciones inspectoras de carácter ordinario, y de acuerdo con el artículo 16 del citado Reglamento se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa consulta a las distintas Consejerías.

El Plan General de Inspección que se aprueba es necesario resaltar la continuidad de las actuaciones inspectoras relativas a la atención a la ciudadanía, la verificación del cumplimiento de la normativa en materia de incompatibilidades y de protección de datos de carácter personal; la evaluación de la gestión en entidades instrumentales; el funcionamiento de la organización de prevención de riesgos laborales; así como, el análisis sobre la inclusión y seguimiento de indicadores de evaluación en normas, planes y programas; e incorpora como principal novedad la asunción de un papel proactivo para fomentar códigos de buenas prácticas en la Administración de la Junta de Andalucía y la lucha contra la corrupción mediante el empleo de mecanismos que, de forma preventiva, eviten comportamientos impropios o inadecuados de los servidores públicos, que pudieran derivar en oportunidades de abusos de la posición pública en beneficio privado.

La Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía está llamada a ser una herramienta clave de la futura Oficina para la Prevención de la Corrupción en Andalucía, por su profundo conocimiento y revisión constante de los procedimientos administrativos. Será junto a la Dirección General de Planificación y Evaluación, la encargada de analizar estos procedimientos, estudiando su diseño, el reparto de tareas, la existencia de protocolos de actuación, y especialmente, el nivel de discrecionalidad técnica de las distintas fases. Este análisis permitirá una reingeniería de procesos que permita prevenir casos de corrupción.

Por otra parte, no puede dejar de destacarse la inclusión de nuevas actuaciones que, como en el propio Plan se indica, están enfocadas a aspectos o problemas con incidencia en la organización de la Junta de Andalucía y cuyo objetivo es aportar información mediante su estudio y análisis para que sirva de apoyo a la toma de decisiones o para la elaboración de instrucciones o normativas, por parte de aquellos órganos competentes en la materia. Estas actuaciones son las relativas al estudio comparado sobre casos en materia de conflictos no desencadenantes de expedientes disciplinarios; el análisis del reparto de competencias entre distintos órganos y entes de la Junta de Andalucía y la puesta en práctica de una nueva metodología que nos permita, a través de un sistema de indicadores, apoyar la toma de decisiones en materia de recursos humanos y su estructura organizativa.

También se ha incluido en este Plan un apartado específico relativo a la transparencia, actividad sobre la que desde el primer momento se quiere tener una actitud de seguimiento y vigilancia, que la Ley 1/2014, de 24 de junio Vínculo a legislación, de Transparencia Pública de Andalucía otorga a la Inspección General de Servicios, en el marco de las actuaciones ordinarias que se recojan en el Plan General de Inspección. En concreto en el Plan que se aprueba, se va a comprobar la constitución y funcionamiento de las unidades y comisiones de transparencia de las distintas Consejerías, así como se analizará el estado de cumplimiento de la obligación de publicar y mantener actualizados los distintos procedimientos administrativos.

En su virtud, de conformidad con el artículo 16.1 del Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de julio de 2016,

ACUERDA

Primero. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan General de Inspección para el año 2016 que figura como Anexo al presente Acuerdo.

Segundo. Habilitación.

Se autoriza a la Consejera de Hacienda y Administración Pública para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del Plan General de Inspección para el año 2016 en el cumplimiento de los objetivos previstos.

Anexos

Omitidos.

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