SANTANDER, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -
La suspensión de funciones se acordó como consecuencia de la apertura de juicio oral al magistrado por la presunta comisión de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que los jueces y magistrados serán suspendidos "cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones".
El artículo 384.3 de la misma norma señala que "la suspensión durará (...) hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento", por lo que, habiendo finalizado la causa penal seguida contra el magistrado mediante sentencia absolutoria dictada el pasado 4 de julio por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la Comisión Permanente ha procedido a acordar el alzamiento de la suspensión provisional de funciones.