VIGO, 13 (EUROPA PRESS)
Asimismo, le ha impuesto la medida de libertad vigilada durante tres años y la prohibición de comunicarse por cualquier medio o aproximarse a menos de 500 metros de la menor, su domicilio y su centro de estudios por un tiempo de cinco años. Además, deberá indemnizar a la joven en 12.000 euros.
Tal y como consta en la sentencia, el Tribunal da por probado que en mayo de 2012, cuando la menor contaba con 12 años, al acabar la clase de guitarra el hombre la agarró por detrás y le tocó los pechos y la vagina por debajo de la ropa durante unos minutos, tras lo que la menor dijo que tenía que irse y él le pidió que no se lo contase a nadie.
La Sala entiende que el hombre "conocía la edad de la menor" y actuó prevaliéndose de "una situación de superioridad por la diferencia de edad y la condición de profesor de música". Como consecuencia de estos hechos la menor padeció sintomatología ansiosa y recibe tratamiento psicológico.
Ante todo ello, la Audiencia considera probado que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual sobre menores de 13 años, aunque reconoce la atenuante de reparación del daño --ya que el hombre depositó 6.000 euros para indemnizar a la joven-- y de dilaciones indebidas --por retrasos en el procedimiento--.
PRUEBAS
En concreto, considera probado los hechos "por la declaración de la víctima, conjuntada con otras pruebas como las testificales y las periciales psicológicas", además entiende que no existe resentimiento ni animadversión por parte de la propia víctima ni de su familia hacia el hombre.
En sus conclusiones definitivas la acusación particular añadió que el acusado introdujo un dedo en la vagina de la menor, cambiando la tipificación a agresión sexual, por lo que pedía 11 años de prisión. No obstante el Tribunal apunta que sobre este aspecto "no le merece la misma credibilidad" el relato de la joven y aprecia "una duda más que razonable que conduce a no declarar probado ese hecho".