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TS

El Supremo anula la condena de dos años de cárcel a Catalina Julve

13/07/2016
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El Tribunal Supremo ha anulado la condena de dos años de cárcel que le fue impuesta por un delito de fraude a la exportavoz de Unió Mallorquina (UM) y exconsellera insular de Medio Ambiente Catalina Julve en el marco del caso Cloaca, en el que se juzgó la adquisición irregular de 4.300 sillas de plástico para el Consell de Mallorca por 59.500 euros y la adjudicación de unos trabajos de control del servicio de recogida selectiva de residuos.

PALMA DE MALLORCA, 12 Jul. (EUROPA PRESS) -

Sí confirma la pena de ocho años de inhabilitación a la que la Audiencia Provincial de Baleares le condenó por un delito de prevaricación.

El Alto Tribunal deja asimismo sin efecto las condenas de cárcel a las que se enfrentaban la exsecretaria técnica de Cooperación Local Coloma Castañer (a quien se le mantienen tres años y medio de inhabilitación por prevaricación), el empresario Simón Galmés (otros tres años y medio) y otro de los proveedores que fue juzgado, Miguel Rullán (cinco años y tres meses).

La Sala de lo Penal del TS justifica las absoluciones por fraude en la inexistencia "de un daño o perjuicio patrimonial" al Consell, "ni propuesto o maquinado, ni efectivo o real, por cuanto lo que refleja el 'factum' será una prevaricación, al adjudicar, con arbitrariedad y desprecio de las normas administrativas que regulan la materia, un contrato a un amigo correligionario político".

La sentencia señala que para consumar la infracción es preciso concretar un concierto dirigido a defraudar así como su efecto perjudicial para el erario público. La resolución recalca además que el precio ofertado y pagado fue el del mercado, según el dictamen elaborado por la arquitecta del Consell, por lo que el daño o perjuicio a la administración "ni aflora ni se concreta".

Los hechos, según la Sala, encajan en el delito de prevaricación al entender que "la finalidad última de los acusados, que pretendían y que se consiguió, era designar previamente de forma arbitraria a los adjudicatarios del contrato, sin cumplir las normas administrativas propias del procedimiento negociado".

La resolución de la Audiencia se mostraba tajante, por el contrario, al sostener que Julve y Castañer se pusieron de acuerdo para actuar "con el fin de beneficiar a amigos y empresas próximas a miembros destacados de UM", para lo cual se concertaron con Galmés, responsable social de la empresa Ses Nostres Eines, y Rullán, del Grupo Rullán. Y ello, aseveraba la resolución, "con desprecio total" de las normas administrativas y legales de contratación pública.

"INSULTO A LA RACIONALIDAD"

De hecho, respecto a una de las contrataciones objeto de juicio, el tribunal llegaba a señalar que "supone un insulto a la racionalidad" negar la existencia de un concierto para defraudar, y recalcaba que ambos empresarios se presentaron al negociado "porque sabían que iban a ser los ganadores, pues así se había decidido por los políticos de turno, para pagar favores a los amigos y por militancia política".

"Tan arraigada está la idea de la confianza que Miguel Rullán declaró que veía lógico que la Administración invite sólo a empresas de confianza a los negociados", espetaba la Sala.

Según la Audiencia, tanto Castañer como el entonces conseller de Cooperación Local, ya fallecido, acordaron beneficiar a Rullán, en noviembre de 2005, con un expediente valorado en 29.928 euros para el suministro de '2.150 sillas de resina blancas con brazos', mientras que, del mismo modo, en julio de 2006 Julve resolvió adjudicar otro expediente por el mismo concepto -la adquisición de 2.150 sillas- por un importe de 29.928 euros, que acabó en manos de Galmés.

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