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  • EDICIÓN DE 06/07/2016
 
 

Nuevo crédito

06/07/2016
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Resolución de 30 de junio de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la Convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 6 de abril de 2016, de la Dirección General de Administración Local, destinada a financiar actuaciones en inmuebles destinados a sedes de Órganos de Gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal (BOJA de 5 de julio de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE DECLARA UN NUEVO CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES APROBADA POR RESOLUCIÓN DE 6 DE ABRIL DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, DESTINADA A FINANCIAR ACTUACIONES EN INMUEBLES DESTINADOS A SEDES DE ÓRGANOS DE GOBIERNO Y EN OTROS EDIFICIOS VINCULADOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE COMPETENCIA LOCAL, DENTRO DEL ÁMBITO DEL PLAN DE COOPERACIÓN MUNICIPAL.

Por Orden de 11 de septiembre de 2014, de la extinta Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Municipios y Entidades Locales Autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones en inmuebles destinados a sedes de Órganos de Gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal, y se efectuó su convocatoria para el año 2014, modificándose parcialmente a través de la Orden de 3 de octubre de 2014.

Mediante Resolución de 6 de abril Vínculo a legislación de 2016, de la Dirección General de Administración Local, se convocaron para el ejercicio 2016 las subvenciones prevsitas en la citada Orden de 11 de septiembre de 2014.

El Resuelvo décimo de la indicada Resolución de 6 de abril Vínculo a legislación de 2016 establece que estas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 0100010000G81A7650000 y código de proyecto de inversión 2006001842, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016, incluida en el Plan de Cooperación Municipal, siendo el crédito adecuado y suficiente disponible para esta finalidad de 1.211.899,00 euros. Seguidamente establece que este crédito constituye la cuantía total máxima destinada a estas subvenciones, pero si aumentara el mismo por ampliaciones sobrevenidas se podrá dictar una resolución complementaria por el órgano competente para la concesión de estas subvenciones, que incluirá aquellas solicitudes que aun cumpliendo con todos los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.

Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible de la partida presupuestaria con las que se financiarán las subvenciones convocadas por la Resolución de 6 de abril Vínculo a legislación de 2016, de la Dirección General de Administración Local, procede declarar un nuevo crédito disponible con objeto de atender un mayor número de solicitudes de entre las que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias que la persona titular de esta Consejería ha delegado en la persona titular de la Dirección General de Administración Local a través la Orden de 28 de junio de 2013, de la extinta Consejería de la Presidencia e Igualdad, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería,

RESUELVO

Único. Declaración del crédito disponible.

Se amplía en 250.000,00 euros más la disponibilidad presupuestaria establecida en la Resolución de de 6 de abril Vínculo a legislación de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones previstas en la Orden de 11 de septiembre Vínculo a legislación de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Municipios y Entidades Locales Autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones en inmuebles destinados a sedes de Órganos de Gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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