Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/07/2016
 
 

AN

Andreu rechaza por "impertinente e inútil" investigar a Fernández Ordoñez y Restoy

04/07/2016
Compartir: 

Asegura que es inverosímil que existiera una calculada inacción institucional desde los organismos supervisores y reguladores

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado este viernes citar a declarar en calidad de investigados al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Ordóñez y al exvicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Fernando Restoy en el marco de la causa por la salida a Bolsa de Bankia.

En un auto, el magistrado tacha la petición formulada por la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), defendida por el abogado y exlíder de UPyD Andrés Herzog, y el colectivo 15MpaRato, de "impertinente e inútil por infundada". Además, apunta que la instrucción de la causa se encuentra "prácticamente conclusa" tras una instrucción "minuciosa y rigurosa que ha durado nada menos que cuatro".

Andreu sigue, en este caso, el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, y rechaza las alegaciones de estas dos acusaciones que apuntaban a que los máximos responsables del órgano supervisor "ocultaron los problemas financieros, las irregularidades y manipulaciones contables" de Bankia durante la fusión y salida a Bolsa.

Además, agrega que si aceptara investigarles sería como afirmar que "todos los funcionarios del Banco de España y de la CNMV participaron de forma consciente, voluntaria y material" en el perjuicio causado a los inversores.

Algo que --dice-- resulta "inverosímil" ya que equivaldría a dar por probada la existencia de "un plan delictivo acordado en el que, a aquellos, les correspondería hacer cuanto pudieran desde sus cargos públicos para mantener una calculada inacción institucional", agrega.

El magistrado reprocha la actuación del abogado de la CIC y le advierte que no puede desempeñar "un papel de suplencia general en la exigencia de responsabilidades de todo orden" como "remedio exhaustivo de cualquier infracción del orden social o político".

La CIC, presidida por Gonzalo Postigo, consideró que los informes complementarios elaborados por los peritos judiciales Antonio Busquets y Víctor Sánchez Nogueras y la práctica de las diligencias de investigación han arrojado "sólidos y concluyentes indicios delictivos" sobre la responsabilidad del Banco de España y de la CNMV.

OCULTAR LOS PROBLEMAS

"Los informes de seguimiento y el testimonio de los inspectores del Banco de España acreditan que los máximos responsables de dicha institución conocían perfectamente los problemas detectados y decidieron ocultarlos", explicaba en su escrito del pasado día 8 de junio.

La CIC acusaba al supervisor de permitir que "se trasladara una imagen absolutamente irreal" de la situación financiera del banco y haya "coadyuvado al engaño masivo de inversores y clientes, que seguían depositando su confianza en una entidad aparentemente rentable y supuestamente modélica en cuanto a su gestión".

Asimismo, recordaba que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) comunicó en 2013 a la Fiscalía Anticorrupción cómo la Comisión Ejecutiva del Banco de España fue "suavizando" las conclusiones de sus inspectores y omitió realizar actuaciones coercitivas sobre las entidades a fin de impedir las "deficiencias" que se iban detectando.

Finalmente, la acusación popular apuntaba a la responsabilidad de la CNVM en la autorización por su parte de la salida a Bolsa de Bankia, "previa exención a la entidad de aportar sus cuentas anuales auditadas".

La Fiscalía Anticorrupción rechazó en un escrito todos estos argumentos y negó que los dos organismos participaran "consciente, voluntaria y materialmente" en la presunta estafa que supuso la salida a Bolsa de Bankia .

Tras recordar que la responsabilidad por imprudencia ha sido ya descartada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el fiscal recuerda que es "todavía más insostenible" perseguir una actuación dolosa porque no existen pruebas en la causa y "resulta radicalmente incompatible con la intervención que estas instituciones han tenido con vistas a la corrección de diversas malas prácticas en su momento detectadas".

"La opción de considerar la existencia de un delito doloso, esto es que los funcionarios del BE o de la CNMV participaron dolosamente por omisión en el delito de estafa que se investiga en estos autos, equivale a admitir que dichos funcionarios contribuyeron consciente, voluntaria y materialmente al resultado lesivo", concluyó.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  3. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  7. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana