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Conflicto positivo de competencia n.º 672-2016

01/07/2016
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Conflicto positivo de competencia n.º 672-2016, en relación con los artículos 1.1 y 3.3 -apartados 1 y 2- del Decreto de la Generalidad de Cataluña 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en lo relativo a la creación del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia (en el artículo 1.1, en cuanto al inciso relativo a Asuntos Exteriores); y con los artículos 1.1.b) y 20 del Decreto de la Generalidad de Cataluña 45/2016, de 19 de enero, de estructuración del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia (BOE de 1 de julio de 2016). Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 672-2016, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1.1 Y 3.3 -APARTADOS 1 Y 2- DEL DECRETO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA 2/2016, DE 13 DE ENERO, DE CREACIÓN, DENOMINACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL ÁMBITO DE COMPETENCIA DE LOS DEPARTAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN LO RELATIVO A LA CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS EXTERIORES, RELACIONES INSTITUCIONALES Y TRANSPARENCIA (EN EL ARTÍCULO 1.1, EN CUANTO AL INCISO RELATIVO A ASUNTOS EXTERIORES); Y CON LOS ARTÍCULOS 1.1.B) Y 20 DEL DECRETO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA 45/2016, DE 19 DE ENERO, DE ESTRUCTURACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS EXTERIORES, RELACIONES INSTITUCIONALES Y TRANSPARENCIA.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 21 de junio actual en el conflicto positivo de competencia núm. 672-2016, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, ha acordado:

1.º Mantener la suspensión de los incisos “Asuntos Exteriores” de los artículos 1.1 Vínculo a legislación y 3.3 Vínculo a legislación del Decreto de la Generalidad de Cataluña 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de los incisos “Asuntos Exteriores” de los artículos 1.1.b) Vínculo a legislación y 20.1 Vínculo a legislación del Decreto 45/2016, de 19 de enero, de estructuración del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia.

2.º Levantar la suspensión del artículo 3.3.1 Vínculo a legislación y 3.3.2 Vínculo a legislación del Decreto de la Generalidad de Cataluña 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de los artículos 1.1.b) (salvo en los incisos “Asuntos Exteriores”) y 20 del Decreto 45/2016 (salvo en los incisos “Asuntos Exteriores”).

Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado conflicto positivo de competencia y que fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 43, de 19 de febrero de 2016.

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