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El Supremo confirma la absolución del guardia civil que mató a tiros a un hombre que sufría un brote psicótico

21/06/2016
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El Tribunal Supremo ha inadmitido, por irrelevancia de la prueba solicitada, el recurso presentado por la familia de un vecino de Cadalso de los Vidrios (Madrid) que resultó muerto tras recibir cuatro disparos de un guardia civil al término de una persecución policial ocurrida en junio de 2009. La víctima, diagnosticado de trastorno bipolar, sufría un brote psicótico en el momento de los hechos.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El recurso se había presentado contra la sentencia dictada el pasado 7 de diciembre por el El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que confirmó el veredicto del juicio con jurado que se celebro en junio de ese año contra el agente David C. R, que fue quien efectuó los disparos en Villamanta (Madrid) contra un hombre al que perseguía, Ricardo Hernández Caballero, que murió a consecuencia de los mismos.

El auto dado a conocer este lunes, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde Ferrer, coincide con el criterio del Fiscal y de la Abogacía de Estado y estima que la prueba solicitada por la familia -las grabaciones de las conversaciones existentes entre los agentes intervinientes y la Central Operativa de Servicios (COS) de la Guardia Civil- no era relevante ni puede modificar el fallo, además de que es imposible llevarla a cabo, lo que impide estimar el motivo por la indefensión alegada.

Los recurrentes querían aportar a la causa dichas grabaciones, que datan de la noche del 14 al 15 de junio de 2009, a efectos de comprobar las informaciones proporcionadas por los diversos intervinientes en la persecución y posterior abatimiento de su familiar.

VALOR DE LAS GRABACIONES

El auto del Supremo destaca que que las cintas estuvieron durante 6 años a disposición de las partes para ser escuchadas o solicitar su trascripción, sin que en ningún momento se solicitara por ninguna de las partes.

Además, recuerda que las transcripciones de las conversaciones contenidas en las grabaciones no se pudieron llevar a cabo por imposibilidad técnica, ya que al consultar el contenido de las supuestas grabaciones, se comprobó que no había conversaciones sino datos.

"Por tanto, se hicieron todas las gestiones necesarias para que la prueba solicitada pudiera llevarse a cabo en el acto de juicio y que pudieran ser escuchadas en el mismo", dice el alto tribunal.

Por otro lado señala el contenido de esas grabaciones, tampoco iba a acreditar ningún hecho relevante para modificar el fallo. Se trata de la conversación previa que tuvo el acusado con la Central de Operaciones de la Guardia Civil, que en ningún caso acreditaría lo que los recurrentes trata de hacer constar: que la conducta de aquél no estaba justificada, tal y como afirma la sentencia de la Audiencia Provincial.

"En definitiva, la prueba solicitada no era relevante ni puede modificar el fallo, además de que es imposible llevarla a cabo, lo que impide estimar el motivo por la indefensión alegada por el recurrente", concluye la Sala de lo Penal del Supremo.

Según el veredicto del jurado que confirmó más tarde la Audiencia Provincial se consideró al agente "no culpable" porque "estaba obligado a actuar por su condición de guardia civil" y obró "con el convencimiento de que solo así podría evitar que su compañero", que estaba herido en el suelo tras haber sido atropellado por el conductor a la fuga, "fuese atropellado de nuevo".

Según el veredicto, David C.R., destinado en el cuartel de la Guardia Civil de Navalcarnero, participó en la madrugada del 15 de junio en la persecución de un Renault Laguna, que se inició en el término municipal de La Andrada (Ávila) y se extendió por distintas carreteras de Ávila, Toledo y Madrid. Durante la persecución, en la que participaron varias patrullas de las Fuerzas de Seguridad del Estado, el Renault Laguna colisionó con algunos turismos que circulaban por la misma vía y sacó de la carretera a un vehículo policial.

A las 00.15 horas, en el punto kilométrico 6.846 de la carretera M-507, cuando el coche que conducía Ricardo Hernández Caballero maniobraba marcha atrás para escapar, tras haber atropellado a un agente que permanecía en el suelo, David C. R. disparó con su arma reglamentaria al interior del Renault Laguna, "dada la negativa de su conductor a atender los requerimientos de que detuviese el vehículo".

Ricardo Hernández Caballero resultó alcanzado por cuatro balas, tres en el tórax y una en la muñeca izquierda, "cusándole un shock hipovolémico que le provocó la muerte".

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