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Acueducto de Los Pilares

13/06/2016
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Decreto 18/2016, de 19 de mayo, por el que se amplía la declaración como Bien de Interés Cultural del acueducto de Los Pilares, en Oviedo, y se delimita su entorno de protección (BOPA de 10 de junio de 2016). Texto completo.

DECRETO 18/2016, DE 19 DE MAYO, POR EL QUE SE AMPLÍA LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL ACUEDUCTO DE LOS PILARES, EN OVIEDO, Y SE DELIMITA SU ENTORNO DE PROTECCIÓN.

Preámbulo

Los restos del acueducto de Los Pilares, en Oviedo, fueron declarados Monumento Histórico mediante Real Orden de la Dirección General de Bellas Artes de fecha 26 de noviembre de 1915. En aquel momento se protegieron los cinco arcos que subsistieron tras la demolición de la conducción. Estos elementos pasaron a tener la consideración de Bienes de Interés Cultural a partir de la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Debido a su previa declaración como monumento histórico, el acueducto carece de entorno de protección.

El Principado de Asturias tiene la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural, histórico y arqueológico, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.18 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

Mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de fecha 22 de abril de 2015 se incoó expediente para la ampliación de la declaración como Bien de Interés Cultural del acueducto de Los Pilares, así como para la delimitación de su entorno de protección, en aplicación de los artículos 14 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Se han solicitado informes a las siguientes instituciones consultivas: Real Academia de la Historia, Universidad de Oviedo, Real Instituto de Estudios Asturianos, Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, sobre la procedencia de esta propuesta de ampliación del bien de interés cultural y de delimitación de entorno de protección.

Con fecha 29 de junio de 2015 la Real Academia de la Historia comunica su informe favorable a la propuesta, al igual que hizo la Universidad de Oviedo el 2 de julio y el Real Instituto de Estudios Asturianos el 2 de septiembre.

Con fecha 3 de diciembre de 2015 se recibe informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, en el que se analiza la situación del planeamiento urbanístico en el área propuesta para la delimitación del entorno de protección. En el caso de los cinco arcos ya declarados Bien de Interés Cultural, el entorno propuesto coincide con el señalado en el catálogo urbanístico de Oviedo, mientras que en el caso de los nuevos restos propuestos para su declaración en el Naranco, el suelo del entorno tiene calificación como Suelo Urbano de Espacios Libres y Zonas verdes, “por lo que no supondría una afección relevante”.

Con fecha 2 de diciembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el anuncio de información pública sobre este expediente. En los 20 días durante los que se prolongó este plazo se recibió un escrito de alegaciones solicitando que se mantengan las condiciones urbanísticas que contempla el Plan General de Ordenación para varios edificios incluidos en la delimitación del entorno, en las calles Los Pilares, Arquitecto Tioda y Roberto Velásquez Riera.

El conjunto de la tramitación fue analizado por el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su reunión del 8 de marzo de 2016, acordándose entonces informar favorablemente la propuesta de ampliación de la declaración como Bien de Interés Cultural del acueducto de Los Pilares de Oviedo, así como la delimitación de su entorno de protección.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 19 de mayo de 2016,

DISPONGO

Artículo único.-Ampliación de la declaración como Bien de Interés Cultural y delimitación del entorno de protección.

Se procede a ampliar la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, del acueducto de Los Pilares, en el concejo de Oviedo, según la descripción complementaria y la delimitación de su entorno de protección que se hacen constar en el anexo que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Disposición final primera.-Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

Disposición final segunda.-Publicación en el Boletín Oficial del Estado.

También se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Anexos

Omitidos.

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