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Premio Tauromaquia de Castilla y León

25/05/2016
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Orden CYT/439/2016, de 18 de mayo, por la que se modifica la Orden CYT/55/2015, de 26 de enero, por la que se crea el Premio Tauromaquia de Castilla y León (BOCYL de 24 de mayo de 2016). Texto completo.

ORDEN CYT/439/2016, DE 18 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN CYT/55/2015, DE 26 DE ENERO, POR LA QUE SE CREA EL PREMIO TAUROMAQUIA DE CASTILLA Y LEÓN.

Por Orden CYT/55/2015, de 26 de enero Vínculo a legislación, publicada en el “Boletín Oficial del Castilla y León”, n.º 28, de 11 de febrero de 2015, se creó el Premio Tauromaquia de Castilla y León.

El artículo 5.1 de la citada Orden de creación atribuye la Presidencia del Jurado, al titular del órgano directivo central competente en materia de promoción y difusión de la Fiesta de los Toros.

El Acuerdo 132/2015, de 15 de octubre, de la Junta de Castilla y León, aprueba la renovación y ampliación del Código Ético y de Austeridad de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus entes adscritos.

Con el objeto de hacer extensivos los valores de dicho Acuerdo al Premio Tauromaquia Castilla y León, que convoca la Consejería competente en materia de Cultura, se estima oportuno la adaptación de la composición del Jurado.

Por ello, resulta adecuado adaptar la Orden CYT/55/2015, de 26 de enero Vínculo a legislación, modificando la composición del Jurado del Premio Tauromaquia de Castilla y León.

En su virtud, y en atención a las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la 4Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León

DISPONGO

Artículo Único. Modificación de la Orden CYT/55/2015, de 26 de enero Vínculo a legislación, por la que se crea el Premio Tauromaquia de Castilla y León.

El artículo 5.1 Vínculo a legislación de la Orden CYT/55/2015, de 26 de enero, por la que se crea el Premio Tauromaquia de Castilla y León, queda redactado en los siguientes términos:

“1. Se constituirá un Jurado que estará integrado por un presidente y un máximo de diez vocales, todos ellos personas de reconocido prestigio en distintos ámbitos culturales vinculados con el mundo de la tauromaquia. Tanto los vocales del Jurado, como su presidente, serán nombrados por el titular de la Consejería competente en materia de Cultura”.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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