Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/05/2016
 
 

TS

El Supremo reconoce el cobro de sexenios a los profesores de religión

23/05/2016
Compartir: 

La Sala Social del Tribunal Supremo ha otorgado a varios profesores de religión el derecho de cobro de sexenios consolidados y cantidades adeudadas, lo que supone una equiparación retributiva de este complemento con el resto del profesorado. Éste es un triunfo en los tribunales del sindicato Independiente de Educación ANPE, tras más de cinco años de reclamaciones administrativas y demandas judiciales.

OVIEDO, 20 May. (EUROPA PRESS) -

La sentencia del Supremo condena además a la Administración al abono de las cantidades adeudadas correspondientes, según ha informado ANPE a Europa Press.

El sindicato recuerda que el camino hasta la sentencia ha sido "muy largo y difícil", con múltiples reclamaciones administrativas desde el año 2010, la posterior presentación de demandas judiciales en el 2012 de unos 50 profesores, y otros 10 docente en el año 2013, momento en el que se incluía al profesorado en el Acuerdo de Retribuciones de los funcionarios Públicos, y, a pesar de esa inclusión y la exigencia por parte de ANPE, no se les abona este complemento.

El sindicato recuerda que la Administración no ha mostrado voluntad alguna de equiparar al profesorado de religión, manifestando que sólo procedería a hacerlo "cuando se produjeran 100 sentencias condenatorias". De hecho, ni siquiera acató las sentencias ganadas en el 2013 por ANPE Asturias en los juzgados n.º3 de Gijón y n.º2 de Oviedo, sino que optó por presentar recursos ante el TSJA, que revocó las mismas, dejando a los profesores sin el derecho a percibir las cantidades que las primeras sentencias fijaban.

Los servicios jurídicos de ANPE interpusieron entonces recurso de casación para la unificación de doctrina, recurso que ahora es estimado por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dado que los profesores de religión asturianos perciben sus retribuciones en igual forma que los docentes interinos, por lo que casa y anula la sentencia recurrida y declara el derecho de tres profesores al reconocimiento de los sexenios reclamados y al percibo de las cantidades adeudadas, a la espera de nuevas sentencias estimativas por parte de otros docentes reclamantes.

"Esta sentencia viene a corregir la actuación vergonzante de la Administración que, como antes con el personal interino (con los sexenios y ahora con el Plan de evaluación Docente), establece categorías de trabajadores en función de su vínculo laboral y no de la función que desempeñan, con contumaz inobservancia de la legislación de la Unión Europea, negándose a reconocer la formación permanente de este profesorado y los incentivos correspondientes, conocidos como sexenios", señalan desde ANPE.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana