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Plan de Recuperación del Lince Ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura

13/05/2016
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Orden de 5 de mayo de 2016 por la que se aprueba el Plan de Recuperación del Lince Ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura (DOE de 12 de mayo de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 5 DE MAYO DE 2016 POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE RECUPERACIÓN DEL LINCE IBÉRICO (LYNX PARDINUS) EN EXTREMADURA.

Con fecha de 17 de junio de 2004 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Orden de 27 de mayo de 2004, por la que se aprobaba el Plan de Recuperación del Lince ibérico en Extremadura que tenía como finalidad principal la de evitar el declive y extinción de las poblaciones del lince ibérico en Extremadura y fomentar su recuperación.

En junio de 2014, en el marco del Proyecto LIFE+ NAT/ES/000570 “Recuperación de la distribución histórica del lince ibérico (Lynx pardinus) en España y Portugal” (LIFE+ IBERLINCE), del cual la Junta de Extremadura es socio beneficiario, se inicia la reintroducción de la especie en el Área de Hornachos - Valle del Matachel, dando respuesta a la legislación vigente y a la necesidad de conseguir incrementar su censo y establecer un sistema metapoblacional que permita disminuir su grado de amenaza.

Por todo ello, y con la finalidad de adaptar la regulación a las condiciones y necesidades actuales de la especie, se considera necesaria la aprobación de un nuevo el Plan de Recuperación del Lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura.

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que incluye al Lince ibérico en la categoría de especie “en peligro de extinción”, su catalogación como tal exige la redacción de un Plan de Recuperación, en el que se definirán las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 Vínculo a legislación de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, en conexión con los artículos 36 Vínculo a legislación k) y 92.1 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

DISPONGO:

Artículo único. Aprobación Plan de Recuperación del Lince ibérico (Lynx pardinus).

Se aprueba el Plan de Recuperación del Lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura, el Plan de Emergencias del Lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura y mapa de áreas de actuación, que se recogen en los Anexos I, II y III respectivamente, de la presente orden.

Disposición derogatoria única. Derogatoria normativa.

Queda derogada la orden de 27 de mayo de 2004, por la que se aprueba el Plan de Recuperación del Lince ibérico en Extremadura.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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