ORDEN EDU/350/2016, DE 25 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA EL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADO REGISTRO DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS A LA EDUCACIÓN CREADO POR ORDEN EDU/1908/2008, DE 3 DE NOVIEMBRE
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre , de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20.1, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.
Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, dispone en su artículo 2.1 que la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la citada ley, se realizará por orden del titular de la consejería competente por razón de la materia a la que afectan, y que las órdenes de creación y modificación de ficheros deberán recoger todos los apartados que establece el artículo 20 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Mediante Orden EDU/1908/2008, de 3 de noviembre, se crea el fichero de datos de carácter personal denominado Registro de servicios complementarios a la educación.
Se hace preciso modificar el citado fichero Registro de servicios complementarios a la educación con el fin de incluir en el apartado cesiones previstas a otras Administraciones Públicas y eliminar a las empresas adjudicatarias de los servicios complementarios, y al servicio telefónico 012 de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo se procede a la actualización de la denominación del órgano responsable del fichero y del servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, de acuerdo con el Decreto 45/2015, de 23 de julio , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.
En virtud de las citadas normas y demás de general aplicación, y previo informe de la Dirección General Telecomunicaciones de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente sobre las medidas de seguridad que debe cumplir el fichero,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto la modificación del fichero de datos de carácter personal de la Consejería de Educación denominado Registro de servicios complementarios a la educación, creado por Orden EDU/1908/2008, de 3 de noviembre, en lo relativo a los apartados Cesiones previstas, Órgano de la Administración responsable del fichero y Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, conforme se reproduce en su integridad en el Anexo.
Artículo 2. Medidas técnicas y organizativas.
Los responsables del fichero adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.
Artículo 3. Derechos de los afectados.
Los afectados por el fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, cancelación, oposición y rectificación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable indicado en el Anexo.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
ANEXO OMITIDO