Diario del Derecho. Edición de 06/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/04/2016
 
 

Estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda

28/04/2016
Compartir: 

Decreto 17/2016, de 22 de abril, por el que se modifica el Decreto 23/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 27 de abril de 2016) Texto completo.

DECRETO 17/2016, DE 22 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 23/2015, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA Y SUS FUNCIONES EN DESARROLLO DE LA LEY 3/2003, DE 3 DE MARZO, DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

El Decreto del Presidente 6/2015, de 10 de julio Vínculo a legislación, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja creó la Consejería de Administración Pública y Hacienda.

De conformidad con dicho Decreto, el Decreto 23/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, estableció la estructura actualmente vigente.

Esta estructura consolidaba los cambios organizativos que se habían producido a lo largo de la legislatura anterior, incluyendo la modificación efectuada en 2013 por la se encomendaba a la Dirección General de Tecnologías de la Información y de la Comunicación hacerse cargo de la provisión de los medios necesarios para la prestación de los servicios de teleoperación, telecita y similares que prestaba el Gobierno de La Rioja.

Transcurridos casi tres años desde la implantación de esta medida, se ha podido comprobar que era más práctico y racional el sistema de que los medios fueran proporcionados por la misma Consejería encargada de la prestación del servicio, por lo que se procede a revertir la situación a la forma de funcionamiento original.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de abril de 2016, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo único. Modificación del Decreto 23/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se da nueva redacción al apartado m) del artículo 9.2.9, que queda redactado en los siguientes términos:

'm) La provisión de los medios necesarios para la prestación de los servicios de teleoperación, telecita y similares, a excepción de los que correspondan al Teléfono único europeo de emergencias 112 y al Centro de Coordinación Operativa SOS-Rioja.'

Disposición derogatoria única. Normativa afectada.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final primera. Habilitaciones posteriores.

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de administraciones públicas para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana