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Contrato-tipo de compraventa de pimiento seco en cáscara con destino a su transformación en pimentón

26/04/2016
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Orden de 14 de abril de 2016 por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pimiento seco en cáscara con destino a su transformación en pimentón con Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”, que regirá durante la campaña 2016 (DOE de 25 de abril de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2016 POR LA QUE SE HOMOLOGA EL CONTRATO-TIPO DE COMPRAVENTA DE PIMIENTO SECO EN CÁSCARA CON DESTINO A SU TRANSFORMACIÓN EN PIMENTÓN CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “PIMENTÓN DE LA VERA”, QUE REGIRÁ DURANTE LA CAMPAÑA 2016.

De conformidad con lo establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero Vínculo a legislación, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, se presenta, solicitud dirigida a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de homologación del contrato-tipo de compraventa de pimiento seco en cáscara con destino a su transformación en pimentón con Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” para la campaña 2016, formulada por los representantes de los productores: UPA-UCE Extremadura, COAG Extremadura, ASAJA Extremadura, Cooperativas Agroalimentarias y la Asociación de Productores de Pimiento para Pimentón, de una parte y de otra, por las industrias de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”: Teresa López Matías, NETASA, Hijos de José Luis Domínguez Rubio SL, y SANMEL SL, cuyo ámbito de aplicación se limita al territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En virtud de lo establecido en la exposición de motivos de la Ley 2/2000, de 7 de enero Vínculo a legislación, la competencia en esta materia le viene atribuida a la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud del Estatuto de Autonomía de Extremadura, que establece en el artículo 9.1.12 Vínculo a legislación la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y pastos e industrias agroalimentarias, y por Decreto 263/2015 de 7 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. El Derecho estatal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.3 Vínculo a legislación de la Constitución será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.

De este modo, de conformidad con todo lo anterior y según lo dispuesto en la Ley 1/2002 de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el uso de las atribuciones conferidas, DISPONGO:

Artículo 1.

Conforme al régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero Vínculo a legislación, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por la presente orden se homologa el contrato-tipo de compraventa de pimiento seco en cáscara con destino a su transformación en pimentón con Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”, en la campaña 2016, cuyo texto figura en el Anexo de esta orden.

Artículo 2.

El periodo de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será desde la entrada en vigor de la presente orden hasta el 15 de marzo de 2017.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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