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Enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño

11/04/2016
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Orden de 28 de marzo de 2016 por la que se modifica la Orden de 9 de mayo de 2013 por la que se regulan las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 8 de abril de 2016). Texto completo.

Enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño

Orden de 28 de marzo de 2016 por la que se modifica la Orden de 9 de mayo de 2013 por la que se regulan las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 8 de abril de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 28 DE MARZO DE 2016 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2013 POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE ACCESO Y EL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN EN LAS ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA, ARTE DRAMÁTICO Y DISEÑO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

La Orden de 9 de mayo Vínculo a legislación de 2013 por la que se regulan las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 97, de 22 de mayo) se redactó de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación y el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Tras la entrada en vigor de la referida orden, ambos textos legales se han visto modificados, teniendo ello incidencia en los requisitos de acceso a estas enseñanzas, lo que hace necesario modificar la Orden de 9 de mayo de 2013.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, en sus artículos 54, 55, 56 y 57, dispone que para acceder a las enseñanzas artísticas superiores se requerirá estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, y superar la correspondiente prueba específica de acceso.

Asimismo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, contemplaba en su artículo 69.5 que los mayores de 19 años de edad podrían acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las Administraciones educativas, que acreditase que el aspirante poseía la madurez en relación con los objetivos del Bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.

Ese artículo 69.5 Vínculo a legislación ha sido modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que establece la edad de 18 años para poder realizar la referida prueba y 16 años en el caso de los Estudios Superiores de Música y Danza. Esta modificación la recoge, asimismo, concordantemente la Disposición adicional octava del Real Decreto 21/2015, de 23 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Este nuevo marco normativo ya se contempla en el Decreto 26/2014, de 4 de marzo Vínculo a legislación, el Decreto 27/2014, de 4 de marzo y el Decreto 28/2014, de 4 de marzo, por los que se establecen para la Comunidad Autónoma de Extremadura los planes de estudio de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, Arte Dramático y Música respectivamente, para su aplicación a partir del curso 2016/2017, de acuerdo con la disposición final 5.ª.6 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación.

En su virtud, y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura, y a propuesta de la Secretaría General de Educación, DISPONGO:

Artículo Único. Modificación de la Orden de 9 de mayo Vínculo a legislación de 2013 por la que se regulan las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas superiores de música, arte dramático y diseño en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:

“2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 69.5 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, para la mejora de la calidad educativa, los mayores de 18 años que no cumplan los requisitos académicos establecidos podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores en general mediante la superación de la prueba a que hace referencia el artículo 4 de la presente orden. En las mismas condiciones, podrán acceder directamente a los estudios superiores de música o de danza los mayores de 16 años.” Dos. Se modifica el Anexo I en los términos del modelo adjunto a esta orden.

Disposición final primera. Habilitación.

Se faculta al Secretario General de Educación para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para la ejecución de la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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