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Fichero de Usuarios

30/03/2016
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Resolución de 4 de marzo de 2016, de la Universidad de Zaragoza, por la que se crea el Fichero de Usuarios de la Sede Electrónica y del Portal de Transparencia de la Universidad de Zaragoza (BOA de 29 de marzo de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 4 DE MARZO DE 2016, DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE CREA EL FICHERO DE USUARIOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

La Ley 11/2007, de 22 de junio Vínculo a legislación, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos inició el imparable proceso de cambio en las relaciones entre los ciudadanos y las administraciones públicas al incorporar la utilización de las nuevas tecnologías, fomentando un marco de interactuación hasta entonces desconocido y en aplicación del cual la Universidad de Zaragoza -mediante resolución rectoral de 12 de julio de 2012- creó su propia Sede electrónica, a la que ha ido incorporando desarrollos y utilidades como, en lo que aquí interesa, un formulario general para que los usuarios puedan presentar las sugerencias y quejas que estimen oportunas ya sea directamente en vía electrónica o mediante el tradicional uso del papel y presentación en registro.

Por su parte la Ley 19/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno estableció la obligación del sector público de ofrecer a la ciudadanía una puntual, rigurosa y actualizada información de su funcionamiento y actividades a través de la denominada "publicidad activa". Además, su artículo 1 indica que tiene como objeto "ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad...", por lo que dicha norma procede a crear los correspondientes portales de transparencia, como instrumento para dar forma precisa al ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

La entrada en vigor de la Ley 8/2015, de 25 de marzo Vínculo a legislación, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, plenamente aplicable a esta Universidad según dispone su artículo 4.1.f, completa el panorama normativo en el que se sustenta esta resolución en tanto en cuanto se pone a disposición de las personas interesadas en ejercer el derecho de acceso un modelo de solicitud que se encuentra en el Portal de Transparencia de esta Universidad.

Todo ello hace necesario proceder a la creación de un Fichero que recoja los datos personales de las personas usuarias.

Por lo cual, como continuación a la rigurosa política de protección de la privacidad de los datos personales que viene manteniendo la Universidad de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el artículo 20 Vínculo a legislación de la Resolución de 6 de junio de 2002, por la que se aprueba la normativa propia de la Universidad de Zaragoza en esta materia, dispongo:

Primero..- Creación del Fichero.

Se crea el Fichero de Usuarios de la Sede Electrónica y del Portal de Transparencia de la Universidad de Zaragoza, cuya finalidad y descripción figura en el anexo I.

Segundo.- Normativa aplicable.

Dicho Fichero se regirá por la legislación vigente en la materia, por lo dispuesto en la presente resolución y en la normativa de protección de datos de carácter personal propia de la Universidad de Zaragoza, así como por las disposiciones de su respectivo documento de seguridad.

Tercero.- Inscripción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, el fichero será notificado para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarto.- Cancelación de datos.

Los datos de carácter personal contenidos en este Fichero serán cancelados cuando hayan dejado de ser pertinentes o necesarios para la finalidad para la que hayan sido recabados.

Disposición Final.- La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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