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Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía

14/03/2016
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Acuerdo de 8 de marzo de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 3 de febrero de 2016, sobre días adicionales de permiso por asuntos particulares (BOJA de 11 de marzo de 2016). Texto completo.

ACUERDO DE 8 DE MARZO DE 2016, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, DE 3 DE FEBRERO DE 2016, SOBRE DÍAS ADICIONALES DE PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES.

Desde la adopción de las medidas contenidas en la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, se ha trabajado intensamente por lograr los objetivos de consolidación fiscal, así como para generar crecimiento económico y empleo, avanzando en el cumplimiento de las reglas fiscales y recuperando la senda del crecimiento económico. Todo ello permite que, de forma paulatina, con un impacto económico acorde a las posibilidades financieras de la Comunidad Autónoma, se vayan compensando los esfuerzos realizados por el personal del sector público andaluz.

El personal al servicio del sector público andaluz ha contribuido con un esfuerzo notable y directo a la recuperación económica y al cumplimiento de las obligaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de consolidación fiscal.

Las medidas adoptadas en materia de personal para el cumplimiento de los objetivos de reducción del déficit público y de estabilidad presupuestaria, tienen carácter excepcional y temporal, estando prevista su aplicación sólo mientras subsistieran las circunstancias económicas y financieras que las provocaron, con el compromiso de la Administración de revisarlas, siempre en función de la garantía de sostenibilidad financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De esta manera, el 15 de julio de 2015 se firmaba el Acuerdo para la defensa y mejora del empleo público en la Administración de la Junta de Andalucía, con las Organizaciones Sindicales CSI-F, UGT y CCOO, que ha empezado a hacerse efectivo a partir del 1 de enero de 2016, con la aplicación de las medidas contenidas en la Ley 1/2015, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, y que son tres: a) desde el 1 de enero el personal con relación de servicio o laboral de duración determinada ya ha recuperado el 100% de su jornada de trabajo y retribuciones; b) también desde el 1 de enero de 2016 las retribuciones de todos los empleados públicos se han incrementado en un 1%, que es el porcentaje máximo permitido por la legislación básica estatal. Ambos derechos se han hecho efectivos en la nómina de enero de 2016; y c) en la nómina del mes de febrero, todos los empleados públicos recuperan los 44 primeros días de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.

En el marco de negociación para la recuperación de derechos, la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía ha adoptado en fecha 3 de febrero de 2016 un Acuerdo sobre días adicionales de permiso por asuntos particulares, Acuerdo que modifica el número de días de permiso por asuntos particulares restituyendo la situación anterior a la entrada en vigor de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, en cuanto al incremento de dichos días en función de la antigüedad.

Dicho Acuerdo, adoptado por unanimidad entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales CSI-F, UGT y CCOO, que son las más representativas en el conjunto del sector público andaluz, constituye otro avance en el proceso de recuperación progresiva de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012 Vínculo a legislación, 21 de septiembre, dentro de las limitaciones impuestas por la legislación básica del Estado y siempre con sujeción a la necesaria suficiencia financiera.

Las organizaciones sindicales solicitaron por unanimidad anexar a este Acuerdo el firmado el 15 de julio de 2015, con el fin de darle máxima publicidad a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, puesto que el mismo constituye el inicio de la recuperación de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, y, al mismo tiempo, el instrumento a través del cual articular la continuación de este proceso de recuperación.

Como quiera que el Acuerdo de 3 de febrero de 2016 debe ser aprobado de forma expresa y formal para su validez y eficacia, a tenor de lo regulado en el artículo 38.3 Vínculo a legislación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el artículo 4.2.b) Vínculo a legislación de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación en su sesión de 8 de marzo de 2016,

ACUERDA

Aprobar el Acuerdo de 3 de febrero de 2016, de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, sobre días adicionales de permiso por asuntos particulares, que figura a continuación.

ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, DE 3 DE FEBRERO DE 2016, SOBRE DÍAS ADICIONALES DE PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES.

El instrumento jurídico para adoptar medidas para el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Comunidad Autónoma de Andalucía en el marco de las obligaciones asumidas por las distintas Administraciones públicas territoriales del Estado español, en materia de reducción del déficit público, al objeto de asegurar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, fue la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía. Tal y como se señala en el artículo 4 de la Ley, las medidas adoptadas en materia de personal tienen carácter excepcional y temporal.

El Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, permite el incremento de los días de permiso por asuntos particulares reconocidos en el Estatuto Básico del Empleado Público, incrementándolos en función de la antigüedad, modificando para ello la regulación básica estatal del Estatuto Básico del Empleado Público, al que se ha añadido una nueva disposición adicional decimocuarta.

El personal del sector público de la Junta de Andalucía ha contribuido con un esfuerzo notable y directo a la recuperación económica y al cumplimiento de los objetivos en materia de consolidación fiscal exigidos a la Comunidad Autónoma.

Una vez que se ha avanzado en el cumplimiento de las reglas fiscales y se ha recuperado la senda del crecimiento económico, debe acometerse, de forma paulatina, la compensación de los esfuerzos realizados por el personal del sector público andaluz.

El punto de partida lo constituye el Acuerdo de 15 de julio Vínculo a legislación de 2015, que se anexa al presente Acuerdo, porque con el mismo se ha abierto un nuevo tiempo de consenso y diálogo social, y constituye la base de un modelo de relación con las organizaciones sindicales sustentada en la colaboración responsable, la comunicación, la negociación y el trabajo compartido, siendo la Mesa General de Negociación Común el lugar para avanzar en la mejora y defensa del empleo público. Por tanto, el Acuerdo de 15 de julio Vínculo a legislación de 2015 es la hoja de ruta y la Mesa General el instrumento a través del cual se articulará la adopción de los acuerdos en que se va a ir concretando progresivamente el proceso de recuperación de aquellos derechos. Por ello, se trata, precisamente, de un proceso de recuperación, ya que no es posible una aplicación directa e inmediata, y, así, se recoge expresamente en el punto tercero del citado Acuerdo, que el compromiso de proceder a la recuperación progresiva de derechos tendrá lugar en la presente legislatura.

Tras el referido Acuerdo de 15 de julio Vínculo a legislación de 2015, la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, en un marco de negociación que permita seguir avanzando en la adopción de acuerdos y en la planificación de un calendario para la recuperación de derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Días adicionales de permiso por asuntos particulares.

El personal del sector público andaluz que, antes de la entrada en vigor de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, tuviese reconocidos en su regulación específica días adicionales de permiso por asuntos particulares, además de los días de libre disposición que actualmente le corresponden, tendrá derecho también al disfrute de esos días adicionales de permiso, de acuerdo con lo previsto en dichas normas específicas, con el límite de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Segundo. Fecha de efecto.

Los días adicionales de permiso por asuntos particulares que se determinan en este Acuerdo surtirán efecto desde la entrada en vigor del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por el que se apruebe expresa y formalmente este Acuerdo.

Tercero. Anexión del Acuerdo de 15 de julio Vínculo a legislación de 2015.

Se anexa a este Acuerdo, como parte integrante del mismo, el Acuerdo para la defensa y mejora del empleo público en la Administración de la Junta de Andalucía, de 15 de julio de 2015.

Por la Administración:

Lidia Sánchez Milán.

Secretaria General para la Administración Pública.

Por las Organizaciones Sindicales:

José Luís Heredia Hernández.

Presidente de CSI-F Andalucía.

Antonio Tirado Blanco.

Secretario General de FSP-UGT Andalucía.

Humberto Muñoz Beltrán.

Coordinador del Área Pública de CCOO Andalucía.

ANEXO

ACUERDO PARA LA DEFENSA Y MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

En Sevilla, a 15 de julio de 2015, en presencia de doña Susana Díaz Pacheco, Presidenta de la Junta de Andalucía y,

REUNIDOS

De una parte, doña María Jesús Montero Cuadrado, Consejera de Hacienda y Administración Pública, con la representación legal que por su cargo tiene atribuida.

Y de otra, don José Luis Heredia Hernández, Presidente de CSI-F Andalucía, don Antonio Tirado Blanco, Secretario General de la Federación de Servicios Públicos de UGT Andalucía, y don Agustín de la Cruz Serna, Coordinador del Área Pública de CCOO de Andalucía,

EXPONEN

Las medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación sobre estabilidad presupuestaria y reducción del déficit público, ante la crisis económica que ha afectado al conjunto del Estado durante los últimos años, tuvo como consecuencia que durante la legislatura anterior la acción de gobierno en el área de la Administración Pública viniera determinada por una situación de ajuste presupuestario.

Por las Administraciones Públicas se adoptaron importantes medidas de contención del gasto, lo que, en el ámbito de los gastos de personal supuso la suspensión de determinados derechos de las empleadas y empleados públicos que afectaron a sus condiciones de trabajo y muy directamente a sus retribuciones.

Este periodo de dificultades económicas ha puesto también de manifiesto que el sector público es más necesario que nunca, porque sin la garantía de un marco de prestación pública de los servicios esenciales, la crisis económica habría afectado con mayor intensidad a quienes disponen de menos recursos, profundizándose con ello en los desequilibrios y la desigualdad social.

La calidad de los servicios públicos en Andalucía y la atención a las necesidades de la ciudadanía a través de los mismos está directamente vinculada con la calidad del empleo público y las condiciones laborales de su personal.

Pero al mismo tiempo no puede negarse que la crisis económica ha supuesto la necesidad de implantar medidas de eficiencia en las Administraciones Públicas. Incorporar el concepto de eficiencia a la gestión pública implica garantizar el sostenimiento en la prestación de los servicios públicos y su mejora, y ello pasa necesariamente por la búsqueda de la calidad y la excelencia, para no sólo cumplir con los objetivos propuestos, sino para hacerlo aún más eficazmente y a un coste presupuestariamente sostenible.

Y para conseguirlo, el principal agente de garantía con que cuenta la Administración Pública son sus empleadas y empleados públicos. En los últimos años, en el contexto económico mencionado, aun con las dificultades para el mantenimiento del empleo público, el personal del sector público ha visto mermados algunos de sus derechos y condiciones laborales, lo que, y hay que ponerlo claramente de manifiesto, no ha afectado a su esfuerzo permanente en el desempeño del servicio público, contribuyendo con ello a la consecución de los objetivos de equilibrio presupuestario y sostenibilidad financiera de los últimos tres años, haciendo posible no sólo mantener dichos servicios públicos, sino también garantizar su calidad. El personal empleado público ha sido y es el motor y el pilar fundamental de la prestación de los servicios públicos.

Desde este reconocimiento, dado que la situación económica está alcanzando un mayor nivel de estabilidad y asumiendo que las medidas adoptadas en su momento han generado en el colectivo de empleados públicos un sentimiento de lesividad, tanto desde el punto de vista económico como profesional, ha llegado el momento de reivindicar con fuerza su papel, con el objetivo prioritario de recuperar el clima de satisfacción y motivación.

Es imprescindible el mantenimiento y el avance de los servicios públicos y su fortalecimiento a través de políticas de mejora de los mismos basadas en el reconocimiento de la labor desempeñada por las empleadas y empleados públicos.

Por ello, resulta necesario avanzar en la recuperación de la calidad del empleo público, como medida indispensable en la mejora de los servicios a la ciudadanía andaluza.

En consecuencia, la Junta de Andalucía y las organizaciones sindicales firmantes de este Acuerdo tienen la firme voluntad de adoptar medidas que contribuyan a avanzar en la defensa y mejora del empleo público en la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la recuperación de los derechos suspendidos durante la crisis económica.

Para ello, el Gobierno de la Junta de Andalucía, a través de su Presidenta, y los Sindicatos CSI-F, UGT y CCOO, como miembros de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, y como agentes sociales más representativos conforme a lo dispuesto en el artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, a través del consenso y el diálogo social,

ACUERDAN

Primero. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público andaluz.

El personal funcionario, estatutario, eventual y laboral al Servicio de la Junta de Andalucía incluido los funcionarios e interinos de la Administración de Justicia, percibirá la parte proporcional que en su caso corresponda, respecto de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional del complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio Vínculo a legislación, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para 2015.

El abono de las cuantías correspondientes se hará efectivo en la nómina del mes de febrero de 2016.

Segundo. Ley del Empleo Público de Andalucía.

Durante la presente legislatura se elaborará, previa negociación con las organizaciones sindicales, el anteproyecto de Ley del Empleo Público de Andalucía, para actualizar la normativa reguladora de la Función Pública en nuestra Comunidad Autónoma, y adaptarla al desarrollo que impone la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, incluyéndose, entre otras materias, la carrera profesional, la evaluación del desempeño, el nuevo régimen de situaciones administrativas, potestades públicas, jornadas especiales y los procedimientos extraordinarios de movilidad.

Igualmente se llevará a cabo, la regulación, entre otras cuestiones, de la movilidad, el acceso y la negociación colectiva del personal del Sector Publico instrumental.

Tercero. Recuperación de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación.

El Gobierno andaluz asume el compromiso de proceder, en la presente legislatura y previa negociación de un calendario en el ámbito de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, a la recuperación progresiva de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, no sujetos a las limitaciones impuestas por la legislación básica del Estado, siempre con sujeción a la necesaria suficiencia financiera.

En este sentido, se llevará a cabo la recuperación del 100% de la jornada y el 100% de las retribuciones del personal funcionario interino, personal estatutario temporal, personal laboral temporal e indefinidos no fijos en toda la administración de la junta de Andalucía el 1 de enero de 2016.

La Junta de Andalucía se compromete a impulsar las negociaciones y a la convocatoria de forma inmediata de todas las mesas sectoriales a fin de abordar aquellos otros temas específicos de negociación colectiva sectoriales.

En la medida en que lo permitan la legislación básica estatal y la situación económica financiera, se irá abordando en la legislatura el calendario de restitución de otros derechos suspendidos desde la aprobación del Decreto-ley 1/2012, de 19 de junio Vínculo a legislación, anteriores al ejercicio 2015.

Cuarto. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

En la Mesa General señalada en el apartado anterior y en cada ámbito correspondiente, se adoptarán los acuerdos que resulten necesarios para mejorar las condiciones de empleo del personal empleado público en cuanto afecta a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral así como a agilizar los concursos de traslados.

Se negociará la adaptación de los horarios y jornada laboral a criterios que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral, sin merma de la prestación de los servicios públicos.

Quinto. Desarrollo normativo.

Los contenidos de este Acuerdo serán objeto del correspondiente desarrollo normativo, y el Gobierno andaluz velará por su correspondiente cumplimiento.

En este mes de julio se celebrará la primera sesión de la Mesa General para la constitución de los grupos de trabajo que posibiliten culminar los compromisos de este Acuerdo, así como el relativo a lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley 6/2014 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015 Vínculo a legislación, en lo relativo a la ampliación de supuestos de abono del 100% del complemento por incapacidad temporal.

Por la Administración:

María Jesús Montero Cuadrado.

Consejera de Hacienda y Administración Pública.

Por las Organizaciones Sindicales:

José Luis Heredia Hernández.

Presidente CSIF-A Andalucía.

Antonio Tirado Blanco.

Secretario General de FSP-UGT Andalucía.

Agustín de la Cruz Serna.

Coordinador del Área Pública de CCOO Andalucía.

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